Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Carlos Gonzalo Rodriguez Perez
Demandado: Presidente De La Junta Especial Numero Uno De La Local De Concillacion Y Arbitraje Del Estado En Tampico, Tam | Presidente De La Junta Especial Numero Uno De La Local De Concillacion Y Arbitraje Del Estado En Tampico, Tam
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 587/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Carlos Gonzalo Rodriguez Perez en contra de Presidente De La Junta Especial Numero Uno De La Local De Concillacion Y Arbitraje Del Estado En Tampico, Tam en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 03 de Junio del 2021 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Carlos Gonzalo Rodriguez Perez
Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILlACION y ARBITRAJE DEL ESTADO EN TAMPICO, TAM
de la certificación secretarial de cuenta, se advierte que ha transcurrido el término para interponer recurso de queja contra el acuerdo en el que se desechó la demanda de amparo, sin que la parte quejosa lo haya hecho valer; por tanto, con apoyo en lo dispuesto en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que HA CAUSADO ESTADO para los efectos legales procedentes. Hágase la anotación de rigor en el Libro de Gobierno correspondiente y archívese este asunto como concluido. En cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo General que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veinticinco de marzo de dos mil veinte, se hace la indicación que el presente asunto es susceptible de destrucción, debido a que encuadra en la hipótesis del inciso b), del artículo 21 del Acuerdo General antes indicado, al ser un juicio de amparo en el que se tuvo por desechada la demanda de amparo en el que no existen documentos originales exhibidos por las partes y carece de relevancia documental, en términos de lo dispuesto en el artículo 15 del citado Acuerdo, por lo cual, una vez transcurridos tres años a partir de esta fecha, procédase en términos del penúltimo párrafo, del artículo 21 del acuerdo normativo en consulta
Actor: Carlos Gonzalo Rodriguez Perez
Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILlACION y ARBITRAJE DEL ESTADO EN TAMPICO, TAM
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA A LA PARTE QUEJOSA CARLOS GONZALO RODRIGUEZ PEREZ, MARIO CESAR GARCIA NIETO, PATRICIO MARTINEZ GARCIA Y JOSE CONCEPCION ROBLES LOPEZ, POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS QUE SE FIJE EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (www.cjf.gob.mx), EL ACUERDO DE DOS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO, QUE EN LO CONDUCENTE DICE: Por los motivos expuestos, procede desechar de plano la demanda de amparo
Actor: Carlos Gonzalo Rodriguez Perez
Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILlACION y ARBITRAJE DEL ESTADO EN TAMPICO, TAM
Por los motivos expuestos, procede desechar de plano la demanda de amparo
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