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Carlos Perfecto Rodríguez Romano. | Juzgado Décimo Tercero De Exp: 59/2025

Federal > Decimosexto Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Carlos Perfecto Rodríguez Romano.
Demandado: Juzgado Décimo Tercero De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México .
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 59/2025 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Carlos Perfecto Rodríguez Romano en contra de Juzgado Décimo Tercero De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en el Decimosexto Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Enero del 2025 y cuenta con 1 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 59/2025

  • 22 de Enero del 2025

    Actor: CARLOS PERFECTO RODRÍGUEZ ROMANO.

    Demandado: Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México .

    se admite el recurso de revisión que interpone Carlos Perfecto Rodríguez Romano...; Atento a lo dispuesto por el artículo 263 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, se exhorta a las partes para que, cuando les sea posible, transiten hacia la actuación desde el Portal de Servicios en Línea. Con copia del escrito de expresión de agravios, dese la intervención que legalmente corresponde al Fiscal Federal adscrito. X. Transparencia y protección de derechos ARCO. En atención a lo que establecen los artículo 6 y 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 6, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; lo dispuesto por el artículo 116, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y por la fracción I, del artículo 113, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, de conformidad con los artículos 4, 5, 9, 17, 18, 19 y 21, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura, que establece las disposiciones en materia de protección de datos personales, el Estado garantizará la privacidad de los individuos y deberá velar porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarlas arbitrariamente; por lo que, se hace de conocimiento a las partes que en todo momento, el titular o su representante, podrán solicitar ante este Órgano Jurisdiccional, el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de los datos personales que le conciernen, con las limitantes que la propia normativa en materia de transparencia señala Los datos anteriores solo deberán utilizarse para consultar los expedientes radicados bajo el índice de este Tribunal. Notifíquese por lista a la quejosa y por medio de oficio a las autoridades responsables, a la Juez Federal y electrónicamente al Fiscal Federal adscrito.

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