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Carlos Rodríguez Fernández | Congreso De La Ciudad México Exp: 1278/2024

Federal > Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Carlos Rodríguez Fernández
Demandado: Congreso De La Ciudad De México
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1278/2024 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Carlos Rodríguez Fernández en contra de Congreso De La Ciudad De México en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Agosto del 2024 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1278/2024

  • 20 de Enero del 2025

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Oficio electrónico. Se tiene por recibido el oficio presentado en archivo electrónico... Tribunal informa. Agréguese a los autos el oficio de cuenta del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito; que contiene inserto el auto de catorce de enero del año en curso, del que se advierte que el órgano en cita acusa recibo del oficio por el que se envió el diverso oficio de expresión de agravios e informa que admitió el recurso de revisión interpuesto por la autoridad responsable en contra de la sentencia definitiva dictada en autos, registrándolo bajo el toca R.A. 40/2025-V...Notifíquese

  • 30 de Diciembre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Estado de autos. Vistas las constancias de autos, se advierte que ya obran en el presente sumario las constancias de notificación a las partes del auto de once de diciembre de dos mil veinticuatro, por el que se le dio trámite al recurso de revisión interpuesto por la autoridad responsable, contra la sentencia definitiva, dictada en el juicio en que se actúa. Se envía recurso. En consecuencia, de conformidad con el artículo 89 de la Ley de Amparo, remítase al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en turno, copia del oficio expresión de agravios por haberse presentado vía electrónica, para la substanciación del recurso de revisión hecho valer. ...Notifíquese

  • 12 de Diciembre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Oficio electrónico. Se tiene por recibido el oficio presentado en archivo electrónico... Recurso de revisión. Se tiene por recibido el oficio signado electrónicamente por la Subprocuradora de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, quien actúa en representación de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual, interpone recurso de revisión en contra de la sentencia definitiva emitida el veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro, por este órgano jurisdiccional dentro del juicio de amparo en que se actúa. Trámite. En consecuencia, con fundamento en los artículos 81, fracción I, inciso e), 88 y 89 de la Ley de Amparo, distribúyanse entre las partes las copias del oficio electrónico de expresión de agravios de mérito ...Notifíquese vía electrónica al quejoso

  • 27 de Noviembre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Por lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 61, 62, 63, fracción IV, 73, 74, 75, 124, 217 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo; se: RESUELVE PRIMERO. Se SOBRESEE en el juicio en términos de lo expuesto en el considerando CUARTO de esta sentencia. SEGUNDO. La Justicia de la Unión Ampara y Protege a ********************, en términos de lo expuesto en el considerando SEXTO y para los efectos precisados en el considerando SÉPTIMO de esta sentencia. Notifíquese

  • 14 de Noviembre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Estado de autos. Vista la certificación de cuenta y el estado procesal de los autos, se advierte que se encuentra trascurriendo el plazo de ocho días a que se refiere el párrafo segundo del artículo 117 de la Ley de Amparo, a efecto de que las partes se impongan del contenido del informe justificado del Congreso de la Ciudad de México, recibido en proveído de treinta de octubre de dos mil veinticuatro...Diferimiento. Para dar margen a lo anterior, procede diferir de oficio la audiencia constitucional y en su lugar se fijan las ONCE HORAS CON DIECISIETE MINUTOS DEL VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO. Notifíquese

  • 31 de Octubre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Informe Justificado. Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el Director de lo Contencioso del Congreso de la Ciudad de México, por medio del cual rinde informe justificado respecto de dicha autoridad. Vista. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, se tiene por rendido el informe de mérito; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés y derecho legal convenga. ... Pruebas. Con sustento en el precepto 119 de la ley de la materia, se tienen como pruebas de su parte la documental que exhibe con el oficio de cuenta, la instrumental de actuaciones y la presuncional en su doble aspecto, mismas que se desahogan por su propia y especial naturaleza jurídica, sin perjuicio de hacer relación de ellas en la audiencia constitucional. ...Notifíquese

  • 30 de Octubre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México y Otros

    Manifestaciones. Agréguese en autos el oficio signado por la Subdirectora de Juicios de Amparo de Ingresos Locales, en suplencia por ausencia de la Subprocuradora de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, quien a su vez en representación del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México; a través del cual realiza diversas manifestaciones relacionadas con los actos reclamados por el quejoso, en el presente juicio. Alegatos. En términos del artículo 124 de la Ley de Amparo, ténganse por hechas las manifestaciones contenidas en el oficio de cuenta, de las que se toma conocimiento para los efectos legales a que haya lugar, las que serán tomadas en consideración en el momento procesal oportuno. Pruebas. Con sustento en el precepto 119 de la ley de la materia, se tienen como prueba las documentales que exhibe, mismas que se desahogan por su propia y especial naturaleza jurídica, sin perjuicio de hacer relación de ellas en la audiencia constitucional. Notifíquese

  • 25 de Octubre del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México

    Estado de autos. Vista la certificación de cuenta, se advierte que se encontraban señaladas las once horas con quince minutos del cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, para que tuviera verificativo la audiencia constitucional, en el presente asunto; ... de ahí que en las fechas mencionadas no fue posible proveer lo respectivo en este asunto dentro de los términos que establece la Ley de Amparo, y en cumplimiento a las Circulares 22/2024 y 23/2024, de la Secretaría Ejecutiva mencionada, en esta fecha se reanudan actividades en los órganos jurisdiccionales. Señalamiento de audiencia constitucional. En mérito de lo anterior,.. se procede a señalar como nueva fecha para que ésta tenga verificativo a las ONCE HORAS CON DIECISÉIS MINUTOS DEL TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo la audiencia constitucional, atendiendo a que los días en comento se declararon inhábiles...Notifíquese

  • 15 de Agosto del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México

    Solicitud de copia. Intégrense a los autos el oficio signado por la Subdirectora de Juicios de Amparo de Ingresos Locales, en suplencia por ausencia de la Subprocuradora de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, quien a su vez en representación del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual solicita copia de las pruebas que el quejoso menciona en su escrito inicial de demanda, designan delegados y señalan domicilio para oír y recibir notificaciones. Atento a lo anterior infórmese a la oficiante que esta juzgadora se encuentra imposibilitada de remitir copia de las documentas solicitadas, toda vez que las mismas no fueron anexadas al escrito inicial de demanda y a la data en que se actúa no han sido exhibidas en autos. Notifíquese

  • 06 de Agosto del 2024

    Actor: Carlos Rodríguez Fernández

    Demandado: Congreso de la Ciudad de México

    QUEJOSO NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA Radicación. Vista la demanda promovida por ..., por su propio derecho, contra actos del Congreso de la Ciudad de México y otra; fórmese expediente; háganse las anotaciones en el Libro de Gobierno y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes con el número 1278/2024. Admisión. Por tanto, en términos de los artículos 103, fracción I y 107, fracciones I, IV, VII y XV de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos; 1°, fracción I, 33, fracción IV, 107, 112, 115 y 116 de la Ley de Amparo, se admite a trámite la demanda de amparo. Incidente de suspensión. No se tramita el incidente de suspensión por no haberse solicitado y no ubicarse el acto en alguno de los supuestos de los artículos 126 ó 127 de la ley de la materia. Audiencia Constitucional. Se fijan las ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL CUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Tercero interesado. Dada la naturaleza del acto reclamado, no ha lugar a tener como tercero interesado a las personas que menciona, pues no se actualizan los supuestos previstos en el artículo 5, fracción III, de la Ley de Amparo; no obstante, si con posterioridad se advierte lo contrario, se podrá acordar su emplazamiento. Notificación electrónica. En ese sentido, en relación con la solicitud expresa, para que las notificaciones personales se realicen vía electrónica, por conducto del usuario "********************"********************" y "********************", de conformidad con el artículo 55 del Acuerdo General Conjunto 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, háganse las notificaciones por vía electrónica, sólo aquellas que se ordenen de manera personal en el presente asunto. Notifíquese

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