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Carmelo Aparicio Aguilar | Agente Del Ministerio Público Exp: 357/2001

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Carmelo Aparicio Aguilar
Demandado: Agente Del Ministerio Público Investigador Del Dto. Jud. De Juárez | Agente Del Ministerio Público Investigador Del Dto. Jud. De Juárez
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 357/2001 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Carmelo Aparicio Aguilar en contra de Agente Del Ministerio Público Investigador Del Dto. Jud. De Juárez en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició en el año 2001 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 357/2001

  • 29 de Abril del 2002

    Actor: Carmelo Aparicio Aguilar

    Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR DEL DTO. JUD. DE JUÁREZ

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa, se procede a notificar por lista el auto de veinticinco de abril del año en curso, que dice: "...Visto que el presente expediente es susceptible de depuración y se va a proceder a su destrucción, requiérase a la parte quejosa para que en el término de seis meses comparezca a recoger el documento referido, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá a la destrucción del expediente junto con el original del mismo, previa a notación en el libro de gobierno..."

  • 26 de Abril del 2002

    Actor: Carmelo Aparicio Aguilar

    Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR DEL DTO. JUD. DE JUÁREZ

    Visto que el presente expediente es susceptible de depuración y se va a proceder a su destrucción, requiérase a la parte quejosa para que en el término de seis meses comparezca a recoger el documento referido, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá a la destrucción del expediente junto con el original del mismo, previa a notación en el libro de gobierno.NOTIFIQUESE PERSONALMENTE

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