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Cecilia Pérez Romero Y Otros.. | Junta Especial Número 3 De La Exp: 7/2020

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Cecilia Pérez Romero Y Otros..
Demandado: Junta Especial Número 3 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Reclamación

RESUMEN: El Expediente 7/2020 en Materia Laboral y de tipo Reclamación fue promovido por Cecilia Pérez Romero Y Otro en contra de Junta Especial Número 3 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla Y Otro en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 03 de Septiembre del 2020 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 7/2020

  • 10 de Noviembre del 2020

    Puebla, Puebla nueve de noviembre de dos mil veinte. Se advierte que en sesión de diez de septiembre de dos mil veinte, se desechó por improcedente el presente recurso de reclamación, interpuesto en contra del auto de presidencia de este tribunal colegiado en el expediente del juicio de amparo directo 192/2019, y derivado que en esta propia fecha se ordenó el archivo del mencionado asunto se acuerda: Toda vez que no existe trámite pendiente por realizar, en su oportunidad, archívese este asunto. Por tanto, tomando en consideración que el presente asunto no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de destrucción en su momento oportuno.

  • 24 de Septiembre del 2020

    Puebla, Puebla. Acuerdo del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de este Sexto Circuito, en sesión de diez de septiembre de dos mil veinte. PRIMERO. Se desecha por improcedente el recurso de reclamación interpuesto. SEGUNDO. Queda firme el auto recurrido.

  • 03 de Septiembre del 2020

    Puebla, Puebla dos de septiembre de dos mil veinte. Téngase por recibido el escrito signado por Cecilia Pérez Romero, Socorro María del Carmen Ordaz Uriza y María Paz Alejandra Rosales Rodríguez, quejosas en el juicio de amparo directo 192/2019, mediante el cual interponen recurso de reclamación, en contra del acuerdo de once de marzo de dos mil veinte, dictado por el presidente de este tribunal colegiado. ADMISIÓN Por consiguiente, considerando que este Tribunal Colegiado es competente para resolver, se admite el mismo y se ordena registrarlo con el número 7/2020, en el libro de gobierno, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, integrar su expediente y digitalizar las actuaciones hasta su conclusión. DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DEL RECURRENTE Ahora bien, toda vez que las recurrentes no señalaron domicilio para oír y recibir notificaciones, se tiene para tal efecto el señalado en el juicio de amparo directo. TURNO A PONENCIA Con fundamento en el artículo 41 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en concordancia con el diverso 105 de la ley de la materia, túrnense los autos a la ponencia del Magistrado Francisco Esteban González Chávez, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente, por corresponderle según el orden que se tiene establecido en este tribunal para este tipo de determinaciones. PROTECCIÓN DE DATOS. De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada reservada o confidencial que obre en la misma no puede ser objeto de publicación. INTEGRACION DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO Se hace saber a las partes que este Tribunal Colegiado se encuentra integrado por los Magistrados Miguel Mendoza Montes (Presidente), José Ybraín Hernández Lima y Francisco Esteban González Chávez.

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