Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: Junta Especial Número Diecisiete De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3603/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Cecilia Vilchis Sánchez en contra de Junta Especial Número Diecisiete De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2023 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial "I" (antes Número Diecisiete) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, en atención al requerimiento de dieciocho de enero de dos mil veinticuatro, remite copia certificada, SE REQUIERE a la Junta Especial "I" (antes Número Diecisiete) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, su Presidente y Actuario adscrito, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realicen lo siguiente: . . . Se apercibe. De igual forma, se REQUIERE al Presidente de la Junta responsable, en su carácter de superior jerárquico del Actuario de su adscripción. NOTIFÍQUESE.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE a la Junta Especial I (antes Junta Especial Número Diecisiete) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, su Presidente y Actuario adscrito, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, contado a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, informen a este Juzgado el cumplimiento que hayan dado a la sentencia de mérito. Se apercibe. De igual forma, se REQUIERE al Presidente de la Junta responsable, en su carácter de superior jerárquico del Actuario de su adscripción. NOTIFÍQUESE.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguense a los autos los oficios signados por las autoridades responsables, mediante los cuales rinden su informe justificado; y en su apoyo acompañan copia certificada de diversas constancias vinculadas con el trámite del juicio de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, y dada la imposibilidad que manifiesta la fedataria adscrita a este juzgado Federal para notificar con efectos de emplazamiento al tercero interesado referido en la cuenta; en esas condiciones, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, provéase lo conducente, en su caso, en la audiencia constitucional que se celebre. Notifíquese.
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LOS TERCEROS INTERESADOS DE REFERENCIA, CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO, EL PROVEÍDO DE VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las diez horas con treinta y tres minutos del quince de diciembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los señalados por la parte quejosa. En relación con los terceros interesados que indica, se les reconoce tal carácter, en términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que los emplace en los domicilios que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese."
Actor: Cecilia Vilchis Sánchez.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIECISIETE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las diez horas con treinta y tres minutos del quince de diciembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los señalados por la parte quejosa. En relación con los terceros interesados que indica, se les reconoce tal carácter, en términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que los emplace en los domicilios que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese.
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