Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Christian Muñoz Espinoza
Demandado: Junta Especial Número 4 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 203/2018 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Christian Muñoz Espinoza en contra de Junta Especial Número 4 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 03 de Abril del 2018 y cuenta con 3 Notificaciones.
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ÚNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Christian Muñoz Espinoza, contra el acto consiste en el laudo de quince de febrero de dos mil dieciocho, dictado por la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, dentro del expediente laboral D-4/368/2013, por las razones expuestas en el considerando séptimo de esta ejecutoria.
Puebla, Puebla, tres de mayo de dos mil dieciocho. el presente correspondió al Magistrado Miguel Men
Puebla, Puebla, dos de abril de dos mil dieciocho. Agréguese el oficio signado por la responsable, mediante el cual informa que remitió diversa demanda de amparo con número de control interno 673/2018. se advierte que en esta misma fecha se admitió la demanda de amparo promovida por Javier Rodríguez Campos, en contra del laudo aquí reclamado (quince de febrero de dos mil dieciocho), radicada con el número 223/2018, del índice de este órgano jurisdiccional, se provee: AMPARO DIRECTO RELACIONADO Como el presente asunto se encuentra relacionado con el diverso juicio de amparo directo 223/2018, en virtud de que se reclama el mismo laudo dictado en el juicio laboral de origen, en su momento túrnense a la misma ponencia para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. téngase por recibido el alegato signado por la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este tribunal colegiado, se tienen por hechas sus manifestaciones. Por lo que se refiere a la solicitud de copias del fallo que se emita en el presente asunto, dígasele que una vez que esto acontezca y previa reiteración de su petición, se acordará lo procedente.
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