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Comisión Estatal Del Agua De Jalisco Exp: 355/2024

Federal > Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Comisión Estatal Del Agua De Jalisco
Demandado: Comisión Estatal Del Agua De Jalisco | Tercera Sala Regional De Occidente Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 355/2024 en Materia Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Comisión Estatal Del Agua De Jalisco en contra de Comisión Estatal Del Agua De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 06 de Diciembre del 2024 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 355/2024

  • 10 de Enero del 2025

    Actor: Comisión Estatal del Agua de Jalisco

    Demandado: Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

    Zapopan, Jalisco, a NUEVE de enero de dos mil veinticinco. Visto el estado procesal que guarda este expediente, de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se TURNAN estos autos para que formule el proyecto de resolución al MAGISTRADO que SUSCRIBE ESTE ACUERDO (JOSÉ LUIS GÓMEZ AVILÉS). Notifíquese. Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, quien autoriza y da fe

  • 02 de Enero del 2025

    Actor: Comisión Estatal del Agua de Jalisco

    Demandado: Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

    Zapopan, Jalisco, a trece de diciembre de dos mil veinticuatro. Por recibido el escrito que suscribe la Agente del MINISTERIO PÚBLICO de la Federación de la adscripción, con fundamento en el artículo 181, de la Ley de Amparo, se le tiene formulando el PEDIMENTO que del mismo se desprende. En su oportunidad expídasele copia de la resolución que solicita. Notifíquese. Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, quien autoriza y da fe

  • 06 de Diciembre del 2024

    Actor: Comisión Estatal del Agua de Jalisco

    Demandado: Comisión Estatal del Agua de Jalisco

    Zapopan, Jalisco, a CINCO de diciembre de dos mil veinticuatro. Se tiene por RECIBIDO el OFICIO número 07-3-3-52091/24, que suscribe el Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia en su carácter de Presidente de la Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que REMITE el juicio de nulidad 2288/24-07-03-9, foliado hasta la foja 147, así como original y cuatro copias de una demanda de amparo. Acúsese recibo. Con el oficio y el juicio de nulidad citados, se tiene a la RESPONSABLE RINDIENDO INFORME justificado en términos de lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de Amparo. Se ADMITE la demanda de amparo directo promovida por **************, como representante legal de la *****************, carácter que tiene reconocido a foja 113, contra la sentencia de siete de junio de dos mil veinticuatro, emitida por la Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el citado juicio de nulidad; lo anterior con fundamento en los artículos 170, 175 y 179 de la Ley de Amparo en vigor. DOMICILIO para recibir notificaciones; se le tiene señalando el que indica y como AUTORIZADOS en los amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo a *******************, quienes acreditan estar facultados para ejercer la profesión de abogado, porque tienen inscritas sus cédulas en el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito. Sin que se considere como tercero interesado al que señala el promovente en la demanda, esto es, a la *********************, ya que, como se advierte del expediente de origen se desechó la demanda y se declaró infundado el recurso de reclamación interpuesto en contra del proveído de veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, que desechó la referida demanda, por lo que aún no existe una relación procesal. Asimismo, notifíquese a las partes para que, dentro del plazo de quince días, presenten ante este Colegiado, si lo estiman conveniente, sus ALEGATOS o a promover AMPARO ADHESIVO, según sea el caso, de conformidad con el artículo 181 de la ley de la materia. Se tiene al Magistrado Instructor de la Tercera Ponencia en su carácter de Presidente de la referida Sala INFORMANDO a este tribunal federal que en contra de la sentencia recurrida, NO se interpuso DIVERSO MEDIO de impugnación. De conformidad con el "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio Consejo", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de octubre de dos mil veintidós, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 263, fracción II, se exhorta a la partes para que cuando les sea posible, transiten hacia la actuación desde el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Dése al Agente del MINISTERIO PÚBLICO de la Federación de la adscripción, la intervención que legalmente le corresponde. En atención al oficio SEADS/3504/2024 de dos de octubre del año que transcurre, del Secretario Ejecutivo de Adscripción del Consejo de la Judicatura Federal, mediante el cual comunicó que en sesión ordinaria de esa misma fecha, el propio Pleno del Consejo, designó al licenciado Raúl Octavio González Cervantes, como secretario en funciones de magistrado, en sustitución del magistrado César Thomé González, con efectos a partir del dos del citado mes, y mientras subsistan las condiciones, o hasta que el citado Pleno lo determine. Por consiguiente, se hace del conocimiento, que este colegiado se encuentra INTEGRADO por los magistrados José Luis Gómez Avilés, Julio Eduardo Díaz Sánchez y el licenciado Raúl Octavio González Cervantes, como secretario en funciones de magistrado. Notifíquese. Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, quien autoriza y da fe

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