Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Comisión Federal De Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3405/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Comisión Federal De Electricidad en contra de Junta Especial Número Cinco De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 09 de Noviembre del 2023 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: Comisión Federal de Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Se declara que ha quedado firme el acuerdo donde se sobreseyó este juicio fuera de la audiencia constitucional. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en el expediente principal, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a las partes para que recuperen este tipo de papeles. Notifíquese.
Actor: Comisión Federal de Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA QUEJOSA EL PROVEÍDO DE CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Agréguese el oficio por el que las autoridades responsables rinden su informe justificado; en su apoyo adjuntan copia certificada de diversas constancias relativas al juicio natural. se sobresee en el presente juicio fuera de la audiencia constitucional. Por tanto, se dejan sin efectos la hora y fecha señaladas para ello. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa."
Actor: Comisión Federal de Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese el oficio por el que las autoridades responsables rinden su informe justificado; en su apoyo adjuntan copia certificada de diversas constancias relativas al juicio natural. se sobresee en el presente juicio fuera de la audiencia constitucional. Por tanto, se dejan sin efectos la hora y fecha señaladas para ello. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa.
Actor: Comisión Federal de Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado el presidente de la Junta responsable y en atención a la solicitud que formula, con fundamento en el artículo 117, primer párrafo de la Ley de Amparo, se les concede por única ocasión a la autoridades responsables un término de CINCO DÍAS, contados a partir de que surta efectos la notificación del presente proveído, para que rindan sus informes justificados, en donde tendrán que exponer las razones y fundamentos que estimen pertinentes para sostener la improcedencia del juicio y la constitucionalidad o legalidad del acto reclamado, asimismo deberán remitir copia certificada y legible de las constancias con las que acrediten las manifestaciones realizadas en dicho informe o en su caso manifestar la imposibilidad que les asiste para hacerlo, derivado de la búsqueda que realizaron del citado sumario. De igual manera se solicita a la autoridad responsable para el caso de no localizar el sumario de origen informe a este órgano jurisdiccional si ordenó tramitar la reposición de autos en forma incidental. Apercibida. visto el estado procesal que guarda el sumario constitucional en que se actúa y conforme a la certificación de cuenta, en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo, a efecto de dar margen a lo anterior; SE DIFIERE la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL NUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para su celebración. Notifíquese.
Actor: Comisión Federal de Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA TERCERA INTERESADA REFERIDA, EL ACUERDO DE OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CUATRO MINUTOS DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercera interesada a la señalada por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 26, fracción I, inciso b), 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace al tercero interesado señalado en el párrafo que precede, en el domicilio que señala la parte quejosa en su escrito inicial de demanda. Notifíquese y emplácese."
Actor: Comisión Federal de Electricidad .
Demandado: Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON TREINTA Y CUATRO MINUTOS DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercera interesada a la señalada por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 26, fracción I, inciso b), 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace al tercero interesado señalado en el párrafo que precede, en el domicilio que señala la parte quejosa en su escrito inicial de demanda. Notifíquese y emplácese.
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