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Coordinados De Córdoba S.a. C.v. | Junta Local Conciliación Y Exp: 147/2018

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Coordinados De Córdoba S.a. De C.v.
Demandado: Junta Local De Conciliación Y Arbitraje En Iguala, Guerrero
Materia: Laboral
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 147/2018 en Materia Laboral y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Coordinados De Córdoba S.a. De C.v en contra de Junta Local De Conciliación Y Arbitraje En Iguala, Guerrero en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 22 de Agosto del 2018 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 147/2018

  • 28 de Enero del 2019

    Puebla, Puebla, veinticinco de enero de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio signado por el Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, mediante el cual acusa recibo de los autos del juicio de amparo indirecto de origen y de la ejecutoria dictada en el presente asunto. Ahora, de las constancias que integran el recurso que nos ocupa, se advierte que no existe trámite pendiente por realizar; consecuentemente con fundamento en el numeral 214 de la Ley de Amparo, aplicado en sentido contrario, archívese este asunto y hágase la anotación correspondiente en el libro de gobierno.

  • 22 de Enero del 2019

    Se confirma la sentencia recurrida y se concede el amparo.

  • 28 de Agosto del 2018

    Puebla, Puebla, veintisiete de agosto de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado p

  • 22 de Agosto del 2018

    Puebla, Puebla, veintiuno de agosto de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio 23159/2018, signado por el Juez Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla; por el que remite el escrito de agravios interpuesto por Juan Romero Arauz, por propio derecho; en contra de la sentencia con fecha de engrose tres de julio de dos mil dieciocho. REGISTRO Por consiguiente, se ordena registrarlo con el número 147/2018 que le correspondió en el libro de gobierno, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, integrar su expediente y digitalizar las actuaciones hasta su conclusión. REQUERIMIENTO AL JUZGADO DE DISTRITO. Toda vez que el auto de veintitrés de julio del año en curso (foja 567 del juicio de amparo indirecto de origen), en el que se tuvo por interpuesto el presente recurso de revisión, no fue notificado a las autoridades responsables Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla y Actuario de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, toda vez los acuses de recibo de la notificación por oficio a las citadas partes no se advierten de las constancias que integran el juicio de amparo indirecto de origen, aun cuando así se haya ordenado en el citado proveído; en consecuencia, resulta indudable que el recurso de revisión a que este toca se contrae no se encuentra debidamente integrado, tal y como exige el numeral 89 de la Ley de Amparo. En consecuencia, resulta evidente que el presente recurso de revisión, no se encuentra debidamente integrado, por lo que deberá ser devuelto al A quo a efecto que ordene integrar los acuses de recibo de los oficios 20599/218 y 20601/2018 de su índice, o bien, notificar nuevamente por oficio a las autoridades responsables Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla y Actuario de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, el proveído de veintitrés de julio de dos mil dieciocho, en que se tuvo por interpuesto el recurso de revisión, con la consecuente entrega de la copia del escrito de agravios. Por tanto, a fin de que la presidencia de este Tribunal Constitucional, se encuentre en condiciones de proveer lo procedente respecto del presente recurso de revisión, devuélvase al juzgado de distrito copia simple del recurso, así como el juicio de amparo indirecto 873/2018 del índice del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla y un anexo; y requiérasele para que una vez que lo tenga debidamente integrado lo remita a este órgano constitucional.

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