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Cornelio Adonay Martínez Abarca | Procurador Federal De Protecci Exp: 732/2018

Federal > Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca
Demandado: Procurador Federal De Protección De Niñas, Niños Y Adolescentes Y Otros
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 732/2018 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Cornelio Adonay Martínez Abarca en contra de Procurador Federal De Protección De Niñas, Niños Y Adolescentes Y Otro en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Junio del 2018 y cuenta con 57 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 732/2018

  • 07 de Julio del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Vista la certificación de cuenta y el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo...para inconformarse contra el auto de tres de junio de dos mil veintiuno, que tuvo por cumplido el fallo protector...se declara que dicho auto ha causado estado, para los efectos legales procedentes....remítase el expediente de que se trata al archivo como asunto total y definitivamente concluido....Notifíquese

  • 04 de Junio del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Visto el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo de tres días concedidos a la parte quejosa, en proveído de treinta de abril de dos mil veintiuno, para que manifestara lo que a su interés legal conviniera respecto de las constancias remitidas por la autoridad responsable relativas al cumplimiento de la sentencia de amparo, sin que lo hubiera realizado. Atento a lo anterior y con fundamento en el ordinal 196, párrafo segundo, de la Ley de Amparo se procede a resolver sobre el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, con base en los elementos que obran en el expediente, los datos aportados por la autoridad responsable, a fin de determinar si la misma se encuentra cumplida. . Conclusión. Por lo expuesto, en términos del artículo 196, párrafos segundo y tercero, de la Ley de Amparo, es procedente declarar que la ejecutoria de amparo en el presente asunto se tiene por cumplida; comuníquese a las partes la presente determinación; háganse las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notificación por lista. Por último, de una revisión de las constancias que obran en autos se advierte que mediante proveído de treinta de abril de dos mil veintiuno, este Juzgador determinó con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo, realizar notificaciones personales por medio de lista, hasta en tanto la parte quejosa señalará nuevo domicilio para tales efectos, siendo omisa al respecto. Atento a lo anterior se instruye al personal de Actuaría, a efecto de que notifique a la parte quejosa, el presente auto por medio de lista. Notifíquese en los términos precisados

  • 10 de Mayo del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

    Se notifica por medio de lista de acuerdos, en virtud de no haber comparecido al presente Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 27, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo vigente... Visto el estado procesal de los autos, se advierte que en proveído de diez de marzo del año en curso, el delegado del Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas Niños y Adolescentes del Sistema Nacional del Desarrollo Integral para la Familia, informó que dio cumplimiento a la sentencia de amparo, asimismo remitió las constancias con las que acredita su dicho. Con copia simple de las referidas constancias, dese vista al accionante del amparo para que en el plazo de tres días... manifieste lo que a su interés legal convenga. En caso de ser omiso al respecto, en su oportunidad este juzgado federal resolverá sobre el cumplimiento a la ejecutoria conforme a las constancias que obran en autos. Agréguese a los autos la razón actuarial signada por el Actuario Judicial adscrito a este juzgado, a través de la cual hace constar la imposibilidad que le asistió para realizar la notificación del oficio... se toma conocimiento, se reserva acordar su contenido hasta en tanto la parte quejosa, desahogue el requerimiento formulado en el presente asunto. Notifíquese personalmente

  • 03 de Mayo del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Visto el estado procesal de los autos, se advierte que en proveído de diez de marzo del año en curso, el delegado del Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas Niños y Adolescentes del Sistema Nacional del Desarrollo Integral para la Familia, informó que dio cumplimiento a la sentencia de amparo, asimismo remitió las constancias con las que acredita su dicho. Con copia simple de las referidas constancias, dese vista al accionante del amparo para que en el plazo de tres días... manifieste lo que a su interés legal convenga. En caso de ser omiso al respecto, en su oportunidad este juzgado federal resolverá sobre el cumplimiento a la ejecutoria conforme a las constancias que obran en autos. Agréguese a los autos la razón actuarial signada por el Actuario Judicial adscrito a este juzgado, a través de la cual hace constar la imposibilidad que le asistió para realizar la notificación del oficio... se toma conocimiento, se reserva acordar su contenido hasta en tanto la parte quejosa, desahogue el requerimiento formulado en el presente asunto. Notifíquese personalmente

  • 23 de Marzo del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Agréguese a los autos el oficio y anexo de cuenta, signado por el Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por medio del cual informa las diversas gestiones que realiza con el fin de dar cumplimiento a la sentencia de amparo acompañando las constancias respectivas. De lo que se toma conocimiento. Notifíquese

  • 11 de Marzo del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Promoción electrónica. En atención a lo anterior, se tiene por recibido el oficio registrado con el folio 1899 presentado en archivo electrónico... Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el delegado del Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional del Desarrollo Integral para la Familia, con el que informa las (i) gestiones realizadas para dar cumplimiento al fallo protector; acompañando las constancias respectivas, (ii) solicita la consulta al expediente electrónico a través de los usuarios que señala. Atento a lo anterior respecto a su solicitud de acceso a consulta al expediente electrónico, dígase al oficiante que deberá estarse a lo acordado en auto de cuatro de diciembre de dos mil veinte, en el que se acordó favorable su petición. Por otra parte se reserva a dar vista a la parte quejosa con las constancias que anexa la oficiante hasta en tanto se tenga en autos la totalidad de estas con las que demuestre que da total cumplimiento a la sentencia de amparo. Razón actuarial.. Agréguese a los autos la razón del Auxiliar de Actuario adscrito a la Unidad de Notificadores Común a Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, con la que manifiesta la imposibilidad para notificar el oficio 35197, que contiene inserto el acuerdo de cuatro de diciembre de dos mil veinte, en virtud de que al constituirse en dos ocasiones en el domicilio de la responsable no se presenta ninguna persona que pueda atender la notificación que se pretende realizar. Por tanto, a efecto de no dejar en estado de indefensión a las partes, hágase del conocimiento de la autoridad de mérito el contenido del proveído de cuatro de diciembre de dos mil veinte, así como del presente proveído. ...Notifíquese

  • 08 de Marzo del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Promoción electrónica. En atención a lo anterior, se tiene por recibido el oficio registrado con el folio 1659 presentado en archivo electrónico... Gestiones, y acceso al expediente. Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el delegado de las autoridades responsables Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga" y del Titular de la Unidad Jurídica del Hospital General de México, con el que informa las (i) gestiones realizadas para dar cumplimiento al fallo protector; sin remitir la constancia con la que acredita su dicho, (ii) designa delegados y (iii) solicita la consulta al expediente electrónico a través de los usuarios que señala. ...autoriza la consulta del presente asunto en la vía solicitada...Notifíquese

  • 26 de Febrero del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

    Se notifica por medio de lista de acuerdos, en virtud de no haber comparecido al presente Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 27, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo vigente... Agréguese a los autos el oficio y anexo de cuenta, signado por el Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por medio del cual i) informa las diversas gestiones que realiza con el fin de dar cumplimiento a la sentencia de amparo, remitiendo al efecto las constancias con las cuales acreditan su dicho; (ii) solicita la consulta del expediente electrónico, (iii) se informe el dato de contacto de la parte quejosa con el fin de llevar a cabo la restitución de sus derechos, y (iv) uso de medios electrónicos... se toma conocimiento para los efectos legales a que haya lugar... se reserva a dar vista a la parte quejosa con las constancias que anexa la oficiante hasta en tanto se tenga en autos la totalidad de estas con las que demuestre que da total cumplimiento a la sentencia de amparo. Se autoriza la consulta del presente asunto en la vía solicitada... del oficio de cuenta se advierte que para que el Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de un total cumplimiento otras autoridades diversas deben realizar diversas acciones... se requiere al Procurador, al Director General de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; al Director General de Protección Integral y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; al Director General de Medidas de Protección, todos de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (como autoridades directamente responsables ); así como al Centro de Asistencia Social "Centro Pastoral de Derechos Humanos Scalabrinianas Misión con Migrantes y Refugiados"; y a la Directora General del Hospital General de México(como autoridades vinculadas), para que dentro del plazo de diez días... remitan las constancias con las que acrediten el cumplimiento de la sentencia de amparo... Apercibidas las autoridades -obligada y superior jerárquico- que de no cumplir con lo requerido dentro del plazo señalado, o bien, de no manifestar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, sin causa justificada: 1. Se les aplicará lo previsto en los artículos 238 y 258 de la Ley de Amparo... 2. Se determinará por qué a juicio de este Juzgado no se encuentra cumplida la ejecutoria de amparo, y; 3. Se procederá conforme al punto cuarto, fracción IV, del Acuerdo General 5/2013, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación... requiérase al quejoso para que dentro del plazo de tres días se presente al Centro de Asistencia Social "Centro Pastoral de Derechos Humanos Scalabrinianas Misión con Migrantes y Refugiados", a fin de que la autoridad esté en la posibilidad de realizar todas aquellas actuaciones que se encuentran pendientes para dar cumplimiento total a la sentencia de amparo. Apercibido que de no acudir ante la autoridad citada este Juzgado de Distrito estará en posibilidad de dar por cumplida la sentencia de amparo. Notifíquese

  • 18 de Febrero del 2021

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Agréguese a los autos el oficio y anexo de cuenta, signado por el Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por medio del cual i) informa las diversas gestiones que realiza con el fin de dar cumplimiento a la sentencia de amparo, remitiendo al efecto las constancias con las cuales acreditan su dicho; (ii) solicita la consulta del expediente electrónico, (iii) se informe el dato de contacto de la parte quejosa con el fin de llevar a cabo la restitución de sus derechos, y (iv) uso de medios electrónicos... se toma conocimiento para los efectos legales a que haya lugar... se reserva a dar vista a la parte quejosa con las constancias que anexa la oficiante hasta en tanto se tenga en autos la totalidad de estas con las que demuestre que da total cumplimiento a la sentencia de amparo. Se autoriza la consulta del presente asunto en la vía solicitada... del oficio de cuenta se advierte que para que el Director de Medidas de Protección, adscrito a la Dirección General de Representación Jurídica y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de un total cumplimiento otras autoridades diversas deben realizar diversas acciones... se requiere al Procurador, al Director General de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; al Director General de Protección Integral y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; al Director General de Medidas de Protección, todos de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (como autoridades directamente responsables ); así como al Centro de Asistencia Social "Centro Pastoral de Derechos Humanos Scalabrinianas Misión con Migrantes y Refugiados"; y a la Directora General del Hospital General de México(como autoridades vinculadas), para que dentro del plazo de diez días... remitan las constancias con las que acrediten el cumplimiento de la sentencia de amparo... Apercibidas las autoridades -obligada y superior jerárquico- que de no cumplir con lo requerido dentro del plazo señalado, o bien, de no manifestar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, sin causa justificada: 1. Se les aplicará lo previsto en los artículos 238 y 258 de la Ley de Amparo... 2. Se determinará por qué a juicio de este Juzgado no se encuentra cumplida la ejecutoria de amparo, y; 3. Se procederá conforme al punto cuarto, fracción IV, del Acuerdo General 5/2013, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación... requiérase al quejoso para que dentro del plazo de tres días se presente al Centro de Asistencia Social "Centro Pastoral de Derechos Humanos Scalabrinianas Misión con Migrantes y Refugiados", a fin de que la autoridad esté en la posibilidad de realizar todas aquellas actuaciones que se encuentran pendientes para dar cumplimiento total a la sentencia de amparo. Apercibido que de no acudir ante la autoridad citada este Juzgado de Distrito estará en posibilidad de dar por cumplida la sentencia de amparo. Notifíquese personalmente

  • 11 de Noviembre del 2020

    Actor: Cornelio Adonay Martínez Abarca

    Demandado: Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y Otros

    Visto el Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal... se reanuda el presente procedimiento de amparo... Agréguese a los autos el oficio del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, a través del cual devuelve los autos originales del juicio de amparo... resolvió: "PRIMERO. Se MODIFICA la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se sobresee el juicio... TERCERO. La Justicia Federal AMPARA Y PROTEGE..." Acúsese recibo; realícense las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes... se requiere al Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; Director General de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; Director General de Protección Integral y Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes; y, al Director General de Medidas de Protección de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, en su carácter de autoridades directamente obligadas, para que dentro del plazo de diez días... remitan las constancias con las que acrediten el cumplimiento de la sentencia de amparo... Apercibidas las autoridades -obligada y superior jerárquico- que de no cumplir con lo requerido dentro del plazo señalado, o bien, de no manifestar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, sin causa justificada: 1. Se les aplicará lo previsto en los artículos 238 y 258 de la Ley de Amparo... Notifíquese

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