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Cruz Manuela Perez Contreras. | Gobernadora Constitucional Del Exp: 704/2022

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Cruz Manuela Perez Contreras.
Demandado: Gobernadora Constitucional Del Estado Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 704/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Cruz Manuela Perez Contreras en contra de Gobernadora Constitucional Del Estado Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 15 de Agosto del 2022 y cuenta con 19 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 704/2022

  • 26 de Octubre del 2022

    se advierte que este incidente se encuentra totalmente concluido, por lo cual lo conducente es, en su oportunidad, enviarlo al archivo definitivo.

  • 26 de Octubre del 2022

    Se advierte que ya transcurrió el término legal previsto en el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que la parte quejosa, hubiera recurrido la determinación recaída en este juicio, motivo por el cual lo conducente en el caso es, declarar que ha causado estado para todos los efectos legales. Anotaciones y archivo. Efectúense las anotaciones de rigor en el libro de gobierno correspondiente y, toda vez que el presente ha quedado total y definitivamente concluido, se ordena su archivo.

  • 13 de Octubre del 2022

    Se recibe el informe del Director de Análisis Jurídicos dependiente de la Subsecretaría de Normatividad y Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno y agréguese a los autos de este juicio; sin que sea el caso realizar mayor pronunciamiento al respecto ya que el veintiocho de septiembre del año en curso, se sobreseyó fuera de audiencia el presente juicio. Cúmplase.

  • 05 de Octubre del 2022

    Se notifica por lista a la parte quejosa la determinación de veintiocho de septiembre del presente año cuyo contenido es el siguiente: "se sobresee fuera de audiencia en el presente juicio de amparo."

  • 29 de Septiembre del 2022

    se sobresee fuera de audiencia en el presente juicio de amparo.

  • 22 de Septiembre del 2022

    Se notifica por lista a la parte quejosa la determinación de doce de septiembre del presente año cuyo contenido es el siguiente: "se recibe el escrito de la parte quejosa, se admite la ampliación de demanda por cuanto a la autoridad señalada como responsable Ministro Ejecutor de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez y actos reclamados a que alude en su ocurso, toda vez que se está en los supuestos de procedencia, corriéndose traslado a las partes para los efectos legales que haya lugar. Informe justificado. De acuerdo con el artículo 117 de la Ley de Amparo, pídase a las autoridades señaladas como responsable el informe justificado relativo, que deben rendir dentro del término de quince días contados a partir de su legal notificación. Estado de autos. Visto el estado que guardan los autos del juicio en que se actúa, se advierte que el presente no está plena y debidamente integrado porque no ha transcurrido el plazo para que las partes se impongan del informe justificado respectivo, en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo, y dada la ampliación de demanda presentada el día de la fecha. Diferimiento. Por lo anterior, con fundamento en el numeral 115 de la ley de la materia, se difiere la audiencia fijada para el día de hoy y se designan las diez horas con treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós."

  • 22 de Septiembre del 2022

    se recibe el escrito de la parte quejosa, por medio del cual desiste del presente juicio de amparo por las razones que expone. Ratificación. A fin de que el suscrito juzgador se encuentre en facultad de atender lo conducente a su petición, se requiere a la parte quejosa para que manifieste si ratifica o no el escrito de desistimiento planteado, pudiéndolo hacer de manera personal ante este juzgado o bien al momento de la notificación del presente proveído. Acceso a instalaciones del Edificio Sede. Con fundamento en el artículo 6 del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, generar cita a través del sistema "Agenda visita a OJ"; sistema que otorgará a la persona a cuyo nombre se solicite, un Código QR, el cual permitirá que ella y, en su caso, otra persona autorizada en el expediente respectivo, ingrese al órgano jurisdiccional.

  • 19 de Septiembre del 2022

    Se notifica por lista a la parte quejosa la determinación de siete de septiembre del presente año cuyo contenido es el siguiente: "Se reciben el oficio y anexo del Licenciado Sergio Nevárez Rodríguez, en carácter de Director Ejecutivo del Organismo Descentralizado del Gobierno del Estado de Chihuahua denominado Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez, por el cual informa en relación al cumplimiento dado a la resolución de diecinueve de agosto del año en curso. Vista. Se ordena dar vista con su contenido a la parte quejosa, para que dentro del plazo de tres días manifieste lo que a su derecho convenga. Estado de autos. Visto el estado de los autos, se tiene que ya se encuentra debidamente integrado este expediente para el envío de la queja al superior. Remisión. Remítase a la alzada el original del escrito de expresión de agravios respectivo, y el original del incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 704/2022-II."

  • 19 de Septiembre del 2022

    se agregan informes justificados, se da vista a las partes con los mismos.

  • 13 de Septiembre del 2022

    se recibe el escrito de la parte quejosa, se admite la ampliación de demanda por cuanto a la autoridad señalada como responsable Ministro Ejecutor de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Juárez y actos reclamados a que alude en su ocurso, toda vez que se está en los supuestos de procedencia, corriéndose traslado a las partes para los efectos legales que haya lugar. Informe justificado. De acuerdo con el artículo 117 de la Ley de Amparo, pídase a las autoridades señaladas como responsable el informe justificado relativo, que deben rendir dentro del término de quince días contados a partir de su legal notificación. Estado de autos. Visto el estado que guardan los autos del juicio en que se actúa, se advierte que el presente no está plena y debidamente integrado porque no ha transcurrido el plazo para que las partes se impongan del informe justificado respectivo, en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo, y dada la ampliación de demanda presentada el día de la fecha. Diferimiento. Por lo anterior, con fundamento en el numeral 115 de la ley de la materia, se difiere la audiencia fijada para el día de hoy y se designan las diez horas con treinta minutos del diez de octubre de dos mil veintidós.

antecedentes
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