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Csi Leasing México Sociedad De Responsabilidad Limitada Capital Exp: 149/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Csi Leasing México, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable .
Demandado: Quinta Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 149/2020 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Csi Leasing México, Sociedad De Responsabilidad Limitada De Capital Variable en contra de Quinta Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 09 de Septiembre del 2020 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 149/2020

  • 19 de Febrero del 2021

    SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.

  • 24 de Noviembre del 2020

    Agréguese a los autos el oficio del índice del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, a través del cual acusa recibo de la resolución dictada en el presente asunto. Se toma conocimiento de lo anterior para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

  • 03 de Noviembre del 2020

    PRIMERO. POR RAZÓN DE TURNO NO CORRESPONDE A ESTE TRIBUNAL COLEGIADO CONOCER DEL PRESENTE ASUNTO. SEGUNDO. REMÍTANSE AL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, POR CONDUCTO DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

  • 09 de Septiembre del 2020

    Se admite el recurso de revisión. Acúsese recibo e infórmese del presente proveído a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. Túrnese el presente asunto al MAGISTRADO QUE SUSCRIBE. Hágase del conocimiento al Jefe de la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito, la admisión del presente expediente para el efecto de que le asigne el número de registro como asunto nuevo que le corresponde. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto. Finalmente, en atención a lo dispuesto por los artículo 68 y 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/. NOTIFÍQUESE.

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