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Daniel Delgado Zayas | Juzgado Decimoprimero De Distrito En El Exp: 342/2015

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito de Sexto Circuito
Actor: Daniel Delgado Zayas
Demandado: Juzgado Decimoprimero De Distrito En El Estado De Puebla
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 342/2015 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Daniel Delgado Zayas en contra de Juzgado Decimoprimero De Distrito En El Estado De Puebla en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 06 de Julio del 2015 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 342/2015

  • 18 de Septiembre del 2015

    Agréguese el oficio de cuenta de la Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, en el que acusa recibo del diverso II-860/15, y sus anexos, deducido de estas actuaciones. En virtud de lo anterior, como está ordenado, archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. En cumplimiento a lo que establece el artículo Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto 2/2009 de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Tribunales Colegiados de Circuito, se aprecia que en el expediente en el que se actúa: a) No existen documentos originales. b) No es de relevancia documental, y c) Que se negó el amparo. Por lo tanto, una vez que transcurran más de cinco años posteriores a la fecha en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, procédase a su depuración.

  • 07 de Septiembre del 2015

    ÚNICO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LA PARTE QUEJOSA

  • 06 de Julio del 2015

    Visto que a la fecha ha transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 181 de la Ley de Amparo, sin que se hubiera presentado amparo adhesivo; en tal virtud con apoyo en el diverso 183 de la ley en comento, túrnense las presentes actuaciones al MAGISTRADO ERIC ROBERTO SANTOS PARTIDO, para que formule el proyecto de resolución correspondiente.

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