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David Gutiérrez Ramírez | Junta Especial Número 6 De La Local Exp: 164/2019

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: David Gutiérrez Ramírez
Demandado: Junta Especial Número 6 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 164/2019 en Materia Laboral y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por David Gutiérrez Ramírez en contra de Junta Especial Número 6 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 16 de Octubre del 2019 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 164/2019

  • 02 de Enero del 2020

    Puebla, Puebla, trece de diciembre de dos mil diecinueve. Archívese este asunto y tomando en consideración que el mismo no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de destrucción en su momento oportuno.

  • 09 de Diciembre del 2019

    Se confirma la sentencia impugnada; se sobresee en el juicio de amparo indirecto y se declara sin materia la revisión adhesiva.

  • 30 de Octubre del 2019

    Puebla, Puebla, veintinueve de octubre de dos mil diecinueve. Vista la certificación que antecede, de la que se advierte que trascurrió el término tres días otorgado a la parte recurrente para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto al recurso de revisión adhesivo, sin que lo haya hecho; en tales condiciones, y toda vez que el mismo se encuentra debidamente integrado, con fundamento en el numeral 92 de la legislación de la materia, túrnense los autos a la ponencia del Magistrado que suscribe José Ybraín Hernández Lima, a fin de que elabore el proyecto de resolución. Por otra parte, agréguese el escrito del recurrente David Gutiérrez Ramírez a través de su autorizado en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo Alfredo Huerta Perea; atento su contenido, con fundamento en el numeral 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, expídase a su costa copia certificada de la resolución de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve, que obra en el expediente laboral D-6/652/2011, asimismo, por autorizadas para recibirla a las personas que menciona, previa identificación y razón que por su entrega y recibo se asiente en autos.

  • 21 de Octubre del 2019

    Puebla, Puebla, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve. Puebla, Puebla, dos de agosto de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el escrito del Grupo Administrador Gramaja, Sociedad Anónima de Capital Variable a través de su apoderado Jorge Macuil Juárez, (quien obtuvo resolución favorable en el juicio de amparo indirecto de origen) por el que interpone revisión adhesiva. ADMISIÓN DE REVISION ADHESIVA En consecuencia, toda vez que de la certificación secretarial de cuenta se advierte su oportunidad con fundamento en el artículo 82 de la Ley de Amparo, se admite a trámite el recurso de revisión adhesivo, interpuesto, el cual debe seguir la misma suerte procesal del recurso de revisión interpuesto por David Gutiérrez Ramírez. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES DEL ADHERENTE Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el señalado en el escrito de cuenta. Respecto a la persona que señala en su escrito, se le tiene por autorizada en términos restringidos del artículo 12 de la Ley de Amparo, por no proporcionar el número de cédula profesional de los autorizados, tal como lo exige dicho precepto legal y ser la parte adhesiva la patronal. Finalmente, con fundamento en lo dispuesto por el numeral 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, dese vista a la parte recurrente por el plazo de tres días, para que manifieste lo que a su derecho e interés convenga.

  • 16 de Octubre del 2019

    Puebla, Puebla, quince de octubre de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio de la Secret

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