Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: David Xolocotzi Esquivel.
Demandado: Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 381/2022 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por David Xolocotzi Esquivel en contra de Junta Especial Número 1 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 23 de Junio del 2022 y cuenta con 16 Notificaciones.
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Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
Puebla, Puebla, once de septiembre de dos mil veintitrés. Toda vez que de la certificación secretarial de cuenta se advierte que transcurrió el plazo de quince días a que se refiere el artículo 202, párrafo primero, de la Ley de Amparo, sin que las partes hubieren interpuesto recurso de inconformidad contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria dictada en el expediente en que se actúa; en consecuencia, se declara que ha causado estado tal resolución, por tanto, archívese este asunto como totalmente concluido. Por tanto, tomando en consideración que el juicio en que se actúa no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es conservable.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE A LOS TERCEROS INTERESADOS ARMANDO MADRID LÓPEZ Y ALIMENTOS Y MATERIAS PRIMAS SUMMUM, S. DE R.L. DE C.V.1. Puebla, Puebla, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. ÚNICO. Se declara cumplida la ejecutoria de amparo dictada por este tribunal en sesión de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, en el juicio de amparo directo 381/2022.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE AL QUEJOSO DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL: Puebla, Puebla, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. ÚNICO. Se declara cumplida la ejecutoria de amparo dictada por este tribunal en sesión de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, en el juicio de amparo directo 381/2022.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
Puebla, Puebla, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. ÚNICO. Se declara cumplida la ejecutoria de amparo dictada por este tribunal en sesión de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, en el juicio de amparo directo 381/2022.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE A LOS TERCEROS INTERESADOS ARMANDO MADRID LÓPEZ Y ALIMENTOS Y MATERIAS PRIMAS SUMMUM, S. DE R.L. DE C.V.: Puebla, Puebla, uno de junio de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio A.- 9186/2023, signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada con firmas autógrafas del laudo de diecinueve de abril de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO CORRESPONDE ÚNICAMENTE AL QUEJOSO DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL: Puebla, Puebla, uno de junio de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio A.- 9186/2023, signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada con firmas autógrafas del laudo de diecinueve de abril de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
Puebla, Puebla, uno de junio de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio A.- 9186/2023, signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de amparo, remite copia certificada con firmas autógrafas del laudo de diecinueve de abril de dos mil veintitrés. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda. Se comisiona al Actuario adscrito a este tribunal colegiado para que, al notificar personalmente a las partes les corra traslado con copia certificada de dicha resolución o, en el caso de que se realice la notificación electrónicamente, la misma deberá estar digitalizada y vinculada en el expediente electrónico.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
Puebla, Puebla, nueve de mayo de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el oficio A.- 8132/2023, signado por la Auxiliar de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, por el que realiza diversas manifestaciones respecto del cumplimiento de la ejecutoria y solicita se le conceda una prórroga para su total acatamiento. En tales condiciones, con fundamento en el artículo 192, último párrafo de la Ley de Amparo se concede por única ocasión, una prórroga de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que quede notificada.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
Puebla, Puebla, veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Agréguese el oficio número A.- 5912/2023, signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, remite copia certificada del desahogo de la audiencia incidental de reposición de autos de fecha diecisiete de marzo de esta anualidad. En tales condiciones, requiérase a la autoridad responsable para que dicte el laudo correspondiente en el plazo previsto en la ley laboral y remita de manera inmediata a este órgano colegiado, copia certificada de la constancia que así lo acredite.
Actor: DAVID XOLOCOTZI ESQUIVEL.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO 1 DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE PUEBLA .
Puebla, Puebla, dieciséis de marzo de dos mil veintitrés Agréguese el oficio número A.- 5525/2023, signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual, remite copia certificada de las constancias de notificación que realizó a las partes respecto de los proveídos de veinticinco de enero y dos de marzo de esta anualidad, de los que se desprende que se dejó sin efectos el laudo reclamado y señaló fecha para la audiencia incidental de reposición de autos. En tales condiciones, requiérase a la autoridad responsable para que una vez que se lleve a cabo el desahogo de la audiencia del incidente de reposición de autos de fecha diecisiete de marzo de esta anualidad, lo informe de forma inmediata a este órgano colegiado; lo anterior, a efecto de que dicte el acuerdo que a derecho corresponda.
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