Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Demetrio Ruiz Pérez
Demandado: Junta Especial Número 55 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 386/2015 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Demetrio Ruiz Pérez en contra de Junta Especial Número 55 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 26 de Mayo del 2015 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Actor: Demetrio Ruiz Pérez
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
SE NOTIFICA AL QUEJOSO Y TERCERO INTERESADO, POR MEDIO DE LISTA, EL AUTO DE 02 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN III, INCISO C), DE LA LEY DE AMPARO: Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, residente en esta ciudad; mediante el cual remite los autos originales del juicio de amparo 386/2015-II y un tomo de pruebas; así como el testimonio de la ejecutoria dictada por el Pleno de este Tribunal el dieciocho de agosto pasado, en el amparo en revisión laboral 686/2015 de su índice, formado con motivo del recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa contra la sentencia dictada el dieciocho de agosto del año pasado próximo, en el juicio de garantías en que se actúa, en la que resolvió: "PRIMERO. Se revoca la sentencia recurrida. SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Demetrio Ruiz Pérez, contra el acto reclamado a la Junta Especial Número Cincuenta y Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, que consistió en la resolución incidental de insumisión al arbitraje de catorce de abril de dos mil quince, emitida en autos del juicio laboral 250/2010"
SE NOTIFICA AL QUEJOSO Y TERCERO INTERESADO, POR MEDIO DE LISTA, EL AUTO DE 02 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN III, INCISO C), DE LA LEY DE AMPARO: Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, residente en esta ciudad; mediante el cual remite los autos originales del juicio de amparo 386/2015-II y un tomo de pruebas; así como el testimonio de la ejecutoria dictada por el Pleno de este Tribunal el dieciocho de agosto pasado, en el amparo en revisión laboral 686/2015 de su índice, formado con motivo del recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa contra la sentencia dictada el dieciocho de agosto del año pasado próximo, en el juicio de garantías en que se actúa, en la que resolvió: "PRIMERO. Se revoca la sentencia recurrida. SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Demetrio Ruiz Pérez, contra el acto reclamado a la Junta Especial Número Cincuenta y Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, que consistió en la resolución incidental de insumisión al arbitraje de catorce de abril de dos mil quince, emitida en autos del juicio laboral 250/2010"
agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio signado por la Actuaria adscrita al Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, con residencia en esta localidad, en el cual se transcribe el proveído de nueve de los actuales, emitido en el toca de amparo en revisión 686/2015, del que se advierte que se admitió el recurso de revisión interpuesto por Demetrio Ruiz Pérez por conducto de su apoderado legal, contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo en que se actúa
Actor: Demetrio Ruiz Pérez
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio signado por la Actuaria adscrita al Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, con residencia en esta localidad, en el cual se transcribe el proveído de nueve de los actuales, emitido en el toca de amparo en revisión 686/2015, del que se advierte que se admitió el recurso de revisión interpuesto por Demetrio Ruiz Pérez por conducto de su apoderado legal, contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo en que se actúa
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA AL QUEJOSO Y TERCERO INTERESADO EL ACUERDO DE 02 DE SEPTIEMBRE DE 2015, LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO, EN EL QUE SE ASENTÓ: agréguese el escrito de apoderado legal del quejoso, por medio del cual interpone recurso de revisión para los fines del recurso de revisión hecho valer, agréguese a sus autos copia del escrito de interposición de recurso con la expresión de agravios y córrase traslado a las partes con las copias del recurso de revisión. En su oportunidad remitase a la superioridad
Actor: Demetrio Ruiz Pérez
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA AL QUEJOSO Y TERCERO INTERESADO EL ACUERDO DE 02 DE SEPTIEMBRE DE 2015, LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO, EN EL QUE SE ASENTÓ: agréguese el escrito de apoderado legal del quejoso, por medio del cual interpone recurso de revisión para los fines del recurso de revisión hecho valer, agréguese a sus autos copia del escrito de interposición de recurso con la expresión de agravios y córrase traslado a las partes con las copias del recurso de revisión. En su oportunidad remitase a la superioridad
Actor: Demetrio Ruiz Pérez
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
se agrega escrito del quejoso con el cual se solicitan copias certificadas
SE NOTIFICA A LA QUEJOSA Y AL TERCERO INTERESADO POR MEDIO DE LISTA LA SENTENCIA DE 18 DE AGOSTO DE 2015, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO B) C), DE LA LEY DE AMPARO, EN EL QUE SE DETERMINÓ:R E S U E L V E: ÚNICO. Se sobresee en el presente juicio
Actor: Demetrio Ruiz Pérez
Demandado: Junta Especial Número 55 de la Federal de Conciliación y Arbitraje
SE NOTIFICA A LA QUEJOSA Y AL TERCERO INTERESADO POR MEDIO DE LISTA LA SENTENCIA DE 18 DE AGOSTO DE 2015, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN I, INCISO B) C), DE LA LEY DE AMPARO, EN EL QUE SE DETERMINÓ:R E S U E L V E: ÚNICO. Se sobresee en el presente juicio
Por tanto, con fundamento en el numeral indicado en el párrafo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y se fijan las diez horas con treinta minutos del quince de julio de dos mil quince, para que tenga verificativo
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