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Directora Del Registro Civil Estado De Tlaxcala Exp: 101/2016

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Directora Del Registro Civil Del Estado De Tlaxcala
Demandado: Directora Del Registro Civil Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 101/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal en contra de Directora Del Registro Civil Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 29 de Enero del 2016 y cuenta con 35 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 101/2016

  • 10 de Febrero del 2017

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Expídanse a la parte quejosa las copias certificadas que solicita, previa identificación y razón que por su recibo obre en autos

  • 03 de Febrero del 2017

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el AVISO en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE, del cual ya existe síntesis publicada con anterioridad

  • 31 de Enero del 2017

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Visto que ha transcurrido el término de quince días, sin que la parte quejosa hubiere recurrido el auto de quince de diciembre de dos mil dieciséis; consecuentemente, se declara que el auto que determinó que la autoridad responsable dio cumplimiento a la ejecutoria de amparo; ha causado estado, para los efectos legales a que haya lugar. Este expediente es susceptible de depuración, por haberse concedido la protección de la Justicia Federal al quejoso en el presente juicio de amparo. Una vez que obren en autos las constancias de notificación de este proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el expediente como asunto concluido. Se requiere a la parte quejosa para que dentro del plazo de noventa días, acuda a este Juzgado Federal a recoger los documentos que exhibió con su escrito inicial de demanda, apercibido que de no hacerlo, en el referido plazo, dichos documentos serán destruidos

  • 21 de Diciembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el CITATORIO, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, el auto de QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS

  • 16 de Diciembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Se declara cumplida la sentencia dictada por este Juzgado de Distrito, sin excesos ni defectos

  • 08 de Diciembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el CITATORIO en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO DE UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, del cual ya existe síntesis publicada con anterioridad

  • 02 de Diciembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Agréguese el oficio firmado por la Directora de la Coordinación del Registro Civil en el Estado de Tlaxcala, mediante el cual manifiesta dar cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el presente juicio remitiendo copias certificadas del acta de nacimiento con número de control *** con sus respectivas anotaciones marginales y acuse del oficio *** dirigido al Juez Sexto del Registro Civil de la Ciudad México. En atención a lo anterior, dese vista a las partes con las constancias de cuenta, para que dentro del término de TRES DÍAS, manifiesten lo que a su derecho convenga respecto al cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo por la autoridad responsable. Apercibidas que en caso de no hacer manifestación alguna al respecto, se dictará la resolución correspondiente con base en los elementos que obran en el expediente y los aportados por la autoridad responsable. Sin que haya lugar a proveer respecto a los autorizados y domicilio que índica en su oficio de cuenta la autoridad oficiante, toda vez que por auto de veinticinco de febrero del año en curso, se proveyó lo conducente en relación a dicha solicitud

  • 25 de Noviembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Visto el estado de autos, requiérase a la Directora de la Coordinación del Registro Civil del Estado de Tlaxcala, para que en el plazo de tres días contados a partir de la legal notificación del presente proveído, dé cumplimiento a la ejecutoria de amparo, esto es, que remita la constancia de notificación practicada al Juez Central del Registro Civil de la Ciudad de México. Con el apercibimiento que de hacer caso omiso a lo anterior, se le impondrá, una multa. Además, se le apercibe que de no acatar el fallo constitucional se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación

  • 15 de Noviembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el CITATORIO, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, el auto de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS

  • 10 de Noviembre del 2016

    Demandado: Directora del Registro Civil del Estado de Tlaxcala

    Agréguese el oficio signado por la Directora de la Coordinación del Registro Civil en el Estado de Tlaxcala, mediante el cual manifiesta dar cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el presente juicio remitiendo copias certificadas del acta de nacimiento con número de control ***, con sus respectivas anotaciones marginales. En atención a lo anterior, dese vista a las partes con las constancias de cuenta, para que dentro del término de TRES DÍAS, manifiesten lo que a su derecho convenga respecto al cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo por la autoridad responsable. Apercibidas que en caso de no hacer manifestación alguna al respecto, se dictará la resolución correspondiente con base en los elementos que obran en el expediente y los aportados por la autoridad responsable. Sin que haya lugar a proveer respecto a los autorizados y domicilio que índica en su oficio de cuenta la autoridad oficiante, toda vez que por auto de veinticinco de febrero del año en curso, se proveyó lo conducente en relación a dicha solicitud

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