Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Sexto Circuito de Sexto Circuito
Actor: Dolores Alicia Romero De Martino
Demandado: Registrador Público De La Propiedad En La Circunscripción Territorial De Cholula Y Otros.
Materia: Administrativa
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 194/2017 en Materia Administrativa y de tipo Queja fue promovido por Dolores Alicia Romero De Martino en contra de Registrador Público De La Propiedad En La Circunscripción Territorial De Cholula Y Otro en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Sexto Circuito en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 07 de Septiembre del 2017 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Dado que no existe acuerdo pendiente que dictar, se ordena archivar este asunto como totalmente concluido.--- Asimismo, atendiendo a la ejecutoria dictada en autos, el expediente es susceptible de destrucción.
ÚNICO. Se desecha por improcedente el recurso de queja.
Túrnese el expediente al Magistrado Diógenes Cruz Figueroa, a efecto de que formule por escrito el proyecto de resolución redactado en forma de sentencia.
Agréguese la reclamación 10/2017 al presente expediente.--- Se tiene a la Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, acusando recibo del oficio número I-1740/2017, por el cual se le remitió el testimonio de la ejecutoria relativa a la citada reclamación.--- Ahora en bien, en cumplimiento a la citada ejecutoria, se acuerda:--- SE ADMITE el medio de impugnación interpuesto.--- Asimismo, solicítese al Juzgado de Distrito se sirva informar a este Cuerpo Colegiado la determinación que, en su caso, emita en relación con la suspensión del procedimiento.--- Finalmente, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 113, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 34 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, dígase a las partes que tienen expedito su derecho para otorgar por escrito su consentimiento para la publicación de sus datos personales en el presente asunto, en la inteligencia de que la falta de consentimiento de manera expresa conlleva su oposición para que se publiquen.
Téngase por señalado el domicilio que indica la parte quejosa para recibir notificaciones. Se tiene como autorizado en términos amplios a * * * * * * * * * *.--- Único.- Se desecha por extemporáneo el recurso de queja interpuesto por * * * * * * * * * *, por su propio derecho, en contra del proveído de veintiocho de julio del año en curso, dictado por el Secretario encargado del despacho del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dentro del juicio de amparo número 885/2016.
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