Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En Materia Administrativa En El Estado De Nuevo León de Cuarto Circuito
Actor: Dora Elia García Medina
Demandado: Comisario General De La Secretaría De Seguridad Y Protección A La Ciudadanía Del Municipio De Monterrey, Nuevo León
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1104/2024 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Dora Elia García Medina en contra de Comisario General De La Secretaría De Seguridad Y Protección A La Ciudadanía Del Municipio De Monterrey, Nuevo León en el Juzgado Segundo De Distrito En Materia Administrativa En El Estado De Nuevo León en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 21 de Noviembre del 2024 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA.
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León .
Se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y se fija como nueva fecha las trece horas con quince minutos del cuatro de abril de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo.
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA.
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León .
***NUEVO DOMICILIO DE QUEJOSO*** Abogado autorizado en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, por la parte quejosa; desahoga la vista otorgada en proveído de diez de febrero del año en curso, y realiza diversas manifestaciones en relación a las constancias remitidas por la autoridad responsable, por tanto, se tienen por recibidas y admitidas dichas alegaciones; hágase relación de lo anterior en la audiencia constitucional. Se tiene por señalando nuevo domicilio para oír y recibir notificaciones
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaria del Ayuntamiento de Monterey, Nuevo León, remite las constancias solicitadas por este juzgado en proveído de dieciséis de enero del año en curso. Dése vista a las partes, a fin de que manifieste lo que a su interés legal convenga. Infórmese a las partes que las constancias y documentos quedan a su disposición en la secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional para su consulta y reproducción por medios electrónicos conforme a lo previsto en la circular 12/2009, emitida el dieciocho de marzo de dos mil nueve, por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. Adicionalmente, hágase del conocimiento que, como quedó certificado, al expediente electrónico se encuentra integrada la promoción de cuenta, por lo que, es posible descargar en equipos de cómputo las constancias relativas y, en caso de su impresión, cuando incluyan la evidencia criptográfica se consideran como copias certificadas electrónicamenteNotifíquese por lista de acuerdos a las partes
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
DIFIERE AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. Agréguese el oficio signado por el Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, mediante el cual informa las actuaciones realizadas a fin de cumplimentar el requerimiento realizado por este juzgado en proveído de dieciséis de enero de dos mil veinticinco, asimismo solicita se le conceda una prorroga a fin de dar total cumplimiento al mismo. Se otorga a dicha autoridad una prórroga de diez días hábiles. No se está en posibilidad de celebrar la audiencia constitucional programada para este día; se difiere la misma y se fijan las once horas con treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veinticinco, para que tenga verificativo la audiencia referida. En el entendido que la fecha antes indicada obedece a la excesiva carga laboral que en la actualidad impera en este órgano jurisdiccional
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Agréguese el escrito enviado por el quejoso mediante el cual desahoga la vista otorgada el tres de enero del año en curso, y manifiesta que la autoridad responsable, remitió de forma incompleta las copias certificadas del procedimiento de separación. Se requiere al Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, para que remita la totalidad de las constancias solicitadas o en su caso informe el impedimento que para ello tuviere
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Se agrega al expediente el oficio signado por el Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, mediante el cual rinde su informe justificado; en consecuencia, se ordena poner dicho documento a la vista de las partes para que se impongan del mismo. La Secretaria encargada de la mesa de trámite deberá hacer relación puntual de este informe en la audiencia constitucional. Se tiene a dicha autoridad señalando delegados; asimismo, se le tiene designando domicilio para oír y recibir notificaciones. Se le tiene ofreciendo pruebas documentales, dése vista a las partes a fin de que manifieste lo que a su interés legal convenga, y se ordena hacer relación en la audiencia respectiva. Infórmese a las partes que las constancias y documentos quedan a su disposición en la secretaría de acuerdos de este órgano jurisdiccional para su consulta y reproducción por medios electrónicos. Hágase del conocimiento que, como quedó certificado, al expediente electrónico se encuentra integrada la promoción de cuenta, por lo que, es posible descargar en equipos de cómputo las constancias relativas y, en caso de su impresión, cuando incluyan la evidencia criptográfica se consideran como copias certificadas electrónicamente. Se autoriza el uso de medios electrónicos a fin de fotografiar y/o digitalizar las actuaciones dictadas en el presente asunto
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
AUDIENCIA Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA*************PRIMERO. Se niega la suspensión definitiva a} respecto a los actos reclamados a las autoridades precisadas en el considerando primero, y por los motivos expuestos en el mismo. SEGUNDO. Se concede la suspensión definitiva respecto a los actos reclamados a las autoridades precisadas en el considerando segundo, y por los motivos expuestos en el tercero
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
se agrega el alegato ministerial 243/2024, signado por , Agente del Ministerio Público de la Federación Adscrita. Por lo tanto, de conformidad con el artículo 144 de la Ley ; se autoriza la consulta en el expediente electrónico, bajo el usuario "lomeli68", en este incidente exclusivamente. Por otra parte, expídase copia certificada de la resolución incidental que se dicte dentro del presente asunto; lo anterior, con fundamento en los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, conforme al artículo 2o., párrafo segundo
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Se agrega el oficio signado por el Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ayuntamiento de Monterrey, en representación de los Integrantes de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial, Honor y Justicia, Comisario General, Coordinador de Asuntos Internos, Director Administrativo y Enlace Municipal, Notificador adscrito a la Comisión de Asuntos Internos, todos de la de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía y Director del Servicio Médico, todos del municipio de Monterrey, Nuevo León, mediante el cual rinde su informe previo. La Secretaría encargada de la mesa de trámite deberá hacer relación puntual de este informe previo en la audiencia incidental. Se tiene a la citada autoridad designando delegados. Se autoriza el uso de medios electrónicos a fin de fotografiar y/o digitalizar las actuaciones dictadas en el presente asunto
Actor: DORA ELIA GARCÍA MEDINA
Demandado: Comisario General de la Secretaría de Seguridad y Protección a la Ciudadanía del Municipio de Monterrey, Nuevo León
DIFIERE AUDIENCIA INCIDENTAL. Se advierte que aún no transcurre el plazo otorgado a las autoridades responsables, a fin de que rindan su respectivo informe previo, toda vez que las mismas fueron notificadas el veintiséis de noviembre del año en curso, según se advierte del sello de recibido. Se difiere la audiencia incidental señalada para el día de hoy, y en su lugar se fijan las nueve horas con cincuenta minutos del dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro
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