Federal
> Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito de Octavo Circuito
Actor: Eaton Technologies, S. De R.l. De C.v | Eaton Trading Company, S. De R.l. De C.v
Demandado: Cámara De Senadores Del Congreso De La Union
Materia: Civil o Administrativa
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 618/2017 en Materia Civil o Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Eaton Technologies, S. De R.l. De C.v en contra de Cámara De Senadores Del Congreso De La Union en el Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito en Circuito 8 (Coahuila). El Proceso inició el 07 de Julio del 2017 y cuenta con 13 Notificaciones.
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Actor: Eaton Technologies, S. de R.L. de C.V
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Union
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite la secretaria del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, residente en la Ciudad de México, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por la circular CAR 06/CCNO/2017 devuelve el presente recurso de revisión; en consecuencia, agréguense únicamente las constancias originales que obran en el cuadernillo de antecedentes respectivo; sin que sea necesario acusar el recibo de estilo, por lo motivos expuestos en el comunicado de mérito.Asimismo, toda vez que no quedan actuaciones pendientes por desahogar, previas las anotaciones que se hagan en los libros de gobierno, archívese el presente expediente como asunto concluido.Por otra parte,se considera este expediente como susceptible de depuración, cuando sea oportuno; estámpese los sellos debidos en la carátula del presente asunto.Finalmente, una vez transcurrido el término de tres años establecido en el punto décimo primero del acuerdo en comento, remítase este expediente al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite la secretaria del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, residente en la Ciudad de México, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por la circular CAR 06/CCNO/2017 devuelve el presente recurso de revisión; en consecuencia, agréguense únicamente las constancias originales que obran en el cuadernillo de antecedentes respectivo; sin que sea necesario acusar el recibo de estilo, por lo motivos expuestos en el comunicado de mérito.Asimismo, toda vez que no quedan actuaciones pendientes por desahogar, previas las anotaciones que se hagan en los libros de gobierno, archívese el presente expediente como asunto concluido.Por otra parte,se considera este expediente como susceptible de depuración, cuando sea oportuno; estámpese los sellos debidos en la carátula del presente asunto.Finalmente, una vez transcurrido el término de tres años establecido en el punto décimo primero del acuerdo en comento, remítase este expediente al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Agréguese al presente cuadernillo copia certificada del oficio OCC/CA/4R/713/2017 signado por la Jefa de la Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, mediante el cual, acusa recibo del presente asunto y remite la boleta de turno correspondiente; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar
Actor: Eaton Technologies, S. de R.L. de C.V
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Union
Agréguese al presente cuadernillo copia certificada del oficio OCC/CA/4R/713/2017 signado por la Jefa de la Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, mediante el cual, acusa recibo del presente asunto y remite la boleta de turno correspondiente; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar
Agréguese al presente cuadernillo el oficio signado por el secretario de acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, residente en Xalapa de Enríquez, Veracruz, mediante el cual, acusa recibo de los autos originales que le fueron enviados con motivo de lo dispuesto en el Acuerdo General 4/2017 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y, el oficio SECNO/2455/2017 del Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, residente en la Ciudad de México; igualmente, hace del conocimiento el número de expediente auxiliar que le correspondió y, el magistrado al que le fue turnado el presente asunto; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar
Actor: Eaton Trading Company, S. de R.L. de C.V
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Union
Agréguese al presente cuadernillo el oficio signado por el secretario de acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, residente en Xalapa de Enríquez, Veracruz, mediante el cual, acusa recibo de los autos originales que le fueron enviados con motivo de lo dispuesto en el Acuerdo General 4/2017 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y, el oficio SECNO/2455/2017 del Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, residente en la Ciudad de México; igualmente, hace del conocimiento el número de expediente auxiliar que le correspondió y, el magistrado al que le fue turnado el presente asunto; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar
Visto lo de cuenta, con fundamento en lo dispuesto por el Acuerdo General 4/2017 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y, en atención al oficio SECNO/2455/2017 del Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, residente en la Ciudad de México, recibido vía correo electrónico oficial, del que se advierte que el presente medio de impugnación, forma parte de la lista de los cuarenta y cuatro asunto que deberán ser enviados al Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, toda vez que en el juicio de amparo indirecto génesis del recurso de revisión en que se actúa, se reclama la inconstitucionalidad de diversas disposiciones fiscales, relativas a la denominada contabilidad electrónica; en consecuencia remítase. Finalmente, fórmese el cuaderno de antecedentes respectivo, háganse las anotaciones en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) y en los libros de gobierno
Actor: Eaton Technologies, S. de R.L. de C.V
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Union
Visto lo de cuenta, con fundamento en lo dispuesto por el Acuerdo General 4/2017 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y, en atención al oficio SECNO/2455/2017 del Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, residente en la Ciudad de México, recibido vía correo electrónico oficial, del que se advierte que el presente medio de impugnación, forma parte de la lista de los cuarenta y cuatro asunto que deberán ser enviados al Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, toda vez que en el juicio de amparo indirecto génesis del recurso de revisión en que se actúa, se reclama la inconstitucionalidad de diversas disposiciones fiscales, relativas a la denominada contabilidad electrónica; en consecuencia remítase. Finalmente, fórmese el cuaderno de antecedentes respectivo, háganse las anotaciones en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) y en los libros de gobierno
Actor: Eaton Trading Company, S. de R.L. de C.V
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Union
Agréguese a los presentes autos la intervención ministerial que suscribe la Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrita a este tribunal colegiado, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, una vez que se emita la resolución correspondiente, con fundamento en el numeral 278, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, expídase la copia que solicita
Actor: Eaton Technologies, S. de R.L. de C.V. y Otros
Demandado: Cámara de Senadores del Congreso de la Union
Vista la certificación realizada por la secretaria de acuerdos, se advierte que el amparo en revisión 618/2017 de este índice, se encuentra con la agente del Ministerio Público de la Federación Adscrita, con motivo de la vista ordenada; en consecuencia, fórmese cuadernillo y en su oportunidad agréguese al principal. Por otra parte, agréguese a los presentes autos el oficio que remite el secretario de acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, con sede en Querétaro, Querétaro, mediante el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 57/2017 del índice de este órgano colegiado; en consecuencia, dése de baja en libro de gobierno correspondiente. Acúsese el recibo de estilo. Ahora bien, se advierte que ha trascurrido el término concedido a la parte recurrente, a fin de que señalara domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento ahí decretado y, en términos de los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se tiene como tal los estrados de este tribunal colegiado; lo anterior, sin perjuicio de que posteriormente señalen alguno en esta ciudad
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