Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Eduardo Domínguez Meneses.
Demandado: Cuarta Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 182/2020 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Eduardo Domínguez Meneses en contra de Cuarta Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 23 de Octubre del 2020 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad responsable, a través del cual hace del conocimiento de la admisión del recurso de revisión R.C.**/2021. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.
Agréguese el oficio del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, que remite la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo e informa lo acordado en proveído de veintitrés de marzo del año en curso. Notifíquese.
Agréguese el oficio del índice del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, mediante el que acusa recibo del oficio de este órgano colegiado con el que se le remitió copia certificada de la resolución emitida en el presente recurso de revisión, para los efectos legales a que haya lugar. NOTIFÍQUESE.
PRIMERO. No corresponde por razón de turno al Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito conocer del presente recurso de revisión. SEGUNDO. Remítase para su conocimiento al Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, por conducto de la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito, el escrito original de agravios que dio origen al presente recurso, así como del resto de las constancias remitidas juntamente con ese documento, previa formación del cuaderno de antecedentes correspondiente.
SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.
Agréguese a los autos el dictamen de cuenta, signado por el Magistrado Manuel Ernesto Saloma Vera, integrante de este órgano colegiado, por medio del cual informa que el presente asunto tiene estrecha relación con el diverso recurso de revisión ***, del cual tuvo conocimiento el Magistrado Daniel Horacio Escudero Contreras. En consecuencia, con fundamento en el artículo 92 de la Ley de Amparo y 41, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se ordena el returno del presente asunto a la ponencia del Magistrado DANIEL HORACIO ESCUDERO CONTRERAS, para la elaboración del proyecto de resolución. Háganse las anotaciones en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes y en su momento compénsese el asunto. Notifíquese.
Agréguese el oficio del índice del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, al que acompaña un legajo de copias certificadas acúsese recibo al juzgado de Distrito oficiante. Devuélvase el presente asunto a la ponencia designada para la formulación del proyecto correspondiente. Notifíquese.
Se admite el recurso de revisión. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. Túrnese el presente asunto al Magistrado MANUEL ERNESTO SALOMA VERA. Se tiene como su domicilio el que refiere y por autorizadas a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.
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