Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Eduardo Francisco Javier González Orozco
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 72/2015 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Eduardo Francisco Javier González Orozco en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 10 de Febrero del 2015 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Puebla, Puebla, catorce de septiembre de dos mil quince. Archívese este asunto como totalmente concl
ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de diez de abril de dos mil quince.
ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de diez de abril de dos mil quince.
Puebla, Puebla, catorce de julio de dos mil quince. Túrnense los autos al Magistrado Miguel Mendoza Montes, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente.
Puebla, Puebla, veintidós de junio de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio de la Presidenta de la junta responsable mediante el cual, en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de garantías en que se actúa, remite copia certificada del laudo de nueve de junio del presente año; dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, expresen lo que a su interés corresponda.
Puebla, Puebla, veintidós de junio de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio de la Presiden
Puebla, Puebla, dieciséis de junio de dos mil quince. Visto el estado que guardan los autos del pres
Puebla, Puebla, veintiocho de mayo de dos mil quince. Visto el estado procesal que guardan los autos de los que se advierte que la junta responsable, aún no ha remitido el laudo ordenado en el presente juicio de amparo; requiérasele nuevamente para que en el término de diez días hábiles, emita el mismo y remita constancia que así lo acredite.
PRIMERO. PARA LOS EFECTOS PRECISADOS EN EL ÚLTIMO CONSIDERANDO DE ESTE FALLO, LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A EDUARDO FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ OROZCO, CONTRA EL LAUDO DICTADO EL SEIS DE ENERO DE DOS MIL QUINCE POR LA JUNTA ESPECIAL TREINTA Y TRES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE PUEBLA EN EL JUICIO 87/2014. SEGUNDO. REQUIÉRASE SIN DEMORA A LA JUNTA ESPECIAL TREINTA Y TRES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE CUMPLA CON LA EJECUTORIA DENTRO DEL PLAZO DE TRES DÍAS, EN LOS TÉRMINOS PRECISADOS EN LA PARTE FINAL DEL ÚLTIMO CONSIDERANDO DE ÉSTA.
Puebla, Puebla, diez de marzo de dos mil quince. Toda vez que del sorteo de asuntos celebrado en esta fecha, el presente correspondió al Magistrado Miguel Mendoza Montes, túrnense los autos a la ponencia a su cargo, a fin de que elabore el proyecto de resolución.
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