Federal
> Séptimo Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Eduardo Perez Reyes.
Demandado: Primera Sala Regional Metropolitana Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa .
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 92/2025 en Materia Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Eduardo Perez Reyes en contra de Primera Sala Regional Metropolitana Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa en el Séptimo Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Enero del 2025 y cuenta con 1 Notificaciones.
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Actor: EDUARDO PEREZ REYES.
Demandado: PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA .
Agréguese el oficio de la Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante el cual envía el informe justificado, así como el juicio de nulidad que contiene la demanda de amparo promovida. Acúsese recibo. fórmese el expediente impreso y electrónico y regístrese. se admite la demanda de amparo. Téngase como domicilio el que indica la quejosa en la demanda de amparo; en cuanto a la persona que autoriza en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo. Se reconoce el carácter de autoridad tercero interesada. Con fundamento en el artículo 181 de la Ley de Amparo, notifíquese este acuerdo a las partes para que, dentro del plazo de quince días, en términos del artículo 22 del mismo ordenamiento legal, presenten alegatos o promuevan amparo adhesivo, si a sus intereses legales así conviene, según proceda. Córrase traslado al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, con copia de la demanda de amparo para que manifieste lo que a su representación social corresponda. Finalmente, conforme con los criterios, procedimientos y órganos establecidos para garantizar el acceso a la información, en términos de los artículo 68, fracción I, y 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 16 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, se hace del conocimiento de las partes el derecho que les asiste para oponerse a la publicación de sus datos personales. Notifíquese.
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