Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: Servicio De Administración Tributaria, Administración General Jurídica, Administración General Jurídica De Tlaxcala, A Través De Su Administrador Local | Servicio De Administración Tributaria, Administración General Jurídica, Administración General Jurídica De Tlaxcala, A Través De Su Administrador Local
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 14/2014 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Eduardo Rafael Breton Escamilla en contra de Servicio De Administración Tributaria, Administración General Jurídica, Administración General Jurídica De Tlaxcala, A Través De Su Administrador Local en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 09 de Enero del 2014 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Se declara que la sentencia que sobreseyó el juicio, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales procedentes. Respecto al original del incidente de suspensión, al haberse negado la medida cautelar tanto provisional como definitiva, es susceptible de destrucción. Por lo que respecta al duplicado del referido incidente, es susceptible de destrucción, por tanto, una vez que transcurra el plazo de seis meses, procédase a su destrucción. Este expediente es susceptible de destrucción
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Se resuelve.- único: Se sobresee en el juicio
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Se hace efectivo el apercibimiento hecho al parte quejosa, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el citatorio, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, el auto de diez de febrero de dos mil catorce que en síntesis dice: "...Se advierte de oficio la causal de improcedencia, dese vista al quejoso por el término de tres días para que manifieste lo que a su derecho convenga. Se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DOCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, para su celebración..."
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
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Se advierte de oficio la causal de improcedencia, dese vista al quejoso por el término de tres días para que manifieste lo que a su derecho convenga. Se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DOCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DE DOS MIL CATORCE, para su celebración
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
ÚNICO. Se niega la suspensión definitiva
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Dese vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades referidas. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala y designados como delegados a las personas que menciona. Se tiene por ofrecidas como pruebas de su parte la documental que anexa a sus oficios de cuenta, mismas que se admiten y desahogan dado su propia naturaleza
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Se tienen por recibidos los informes previos que rinden las responsables en cita. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificación y designados como delegados a las personas que menciona. Se tiene por ofrecidas como pruebas de su parte la documental que anexa a sus oficios de cuenta, mismas que se admiten y desahogan dado su propia naturaleza
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIEZ DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se tienen como pruebas de su parte las documentales que anexa a su escrito inicial de demanda, mismas que se admiten y desahogan por sí mismas, dada su naturaleza sin perjuicio de hacer relación de ellas en la audiencia constitucional. Se tiene como domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones el que señala, por autorizados en términos amplios a los profesionistas que refiere. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos. Se instruye al Secretario encargado del expediente para que una vez que se dicte la sentencia, se ingrese al módulo Sentencias contenido en el Sistema Integra de Seguimiento de Expedientes y, en su caso, cuide los datos personales que se refiere el "Protocolo para la elaboración de versiones públicas de documentos electrónicos generados por los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, a partir de la identificación y el marcado de información reservada, confidencial o datos personales
Actor: Eduardo Rafael Breton Escamilla
Demandado: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA, ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU ADMINISTRADOR LOCAL
Como esta ordenado en el cuaderno principal, tramitase por duplicado el incidente de suspensión relativo al juicio de garantías, se fijan las NUEVE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL QUINCE DE ENERO DE DOS MIL CATORCE, para la celebración de la audiencia incidental. Se niega al quejoso la suspensión provisional. Se tiene como domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones el que señala, por autorizados en términos amplios a los profesionistas que refiere. Se habilitan días y horas inhábiles para practicar las notificaciones personales que se ordenen en al tramitación del presente incidente. Expídase al quejoso la copia certificada que solicita, previa identificación y razón que por su recibo se asiente en autos, teniendo como autorizados para recibirlas a las persona que indica en su demanda
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