Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Eladio Carreon Zamora.
Demandado: Presidente De La Junta Especial Número Cuatro De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado, Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 806/2015 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Eladio Carreon Zamora en contra de Presidente De La Junta Especial Número Cuatro De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado, Ciudad en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 26 de Octubre del 2015 y cuenta con 15 Notificaciones.
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REPUBLICACIÓN.....EL FALLO PROTECTOR HA QUEDADO CUMPLIDO...ARCHÍVENSE LAS ACTUACIONES COMO ASUNTO CONCLUIDO..ARCHÍVENSE LAS ACTUACIONES COMO ASUNTO CONCLUIDO...
..EL FALLO PROTECTOR HA QUEDADO CUMPLIDO...ARCHÍVENSE LAS ACTUACIONES COMO ASUNTO CONCLUIDO..ARCHÍVENSE LAS ACTUACIONES COMO ASUNTO CONCLUIDO...
... AGRÉGUESE EL OFICIO DE LA JUNTA RESPONSABLE INFORMA EL CUMPLIMIENTO DADO A LA SENTENCIA...DESE VISTA A LAS PARTE POR EL TÉRMINO DE TRES DÍAS..
sentencia que concedio el amparo ha causado ejecutoria y se requeire cumplimiento....
resuelve: La justicia de la unión ampara y protege a ...
...AGRÉGUESE EL OFICIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE REMITE CONSTANCIAS ..PÓNGASE LA VISTA DE LAS PARTES...
...AGRÉGUESE EL PEDIMENTO DEL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, SOLICITA SE SOBRESSE EL JUICIO...
Visto el estado procesal que guardan las actuaciones se advierte que la Junta responsable celebró la audiencia de reposición de autos el trece de enero de dos mil dieciséis, por lo que a la fecha en que se actúa ha transcurrido un plazo prudente en exceso para su emisión, la cual es necesaria para advertir si en el presente asunto se actualiza o no una causa de improcedencia. En consecuencia, REQUIÉRASE a la Junta Especial número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, con fundamento en el artículo 64 de la Ley de Amparo, para que dentro del término de tres días informe si ya dictó la resolución relativa al incidente de reposición de autos; de ser así, remita a este órgano jurisdiccional copia certificada de tal constancia, pues como ya se indicó, es necesaria para advertir si sobreviene una causa de improcedencia que se debe analizar de oficio.
Reynosa, Tamaulipas, ocho de marzo de dos mil dieciséis. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 336/2016, firmado por el Presidente de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, mediante el cual en contestación al proveído de uno de marzo del año en curso, informa que el trece de enero de dos mil dieciséis, desahogó la audiencia de reposición de autos en el juicio obrero 599/4/2010, encontrándose pendiente de resolver la citada incidencia. Asimismo, remite copia certificada de la audiencia incidental de referencia, con la que se da vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga y que se tomarán en cuenta al resolver el presente juicio, de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Amparo. Notifíquese. Así lo proveyó y firma el licenciado Rogelio Josué Martínez Jasso, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante el Secretario Roberto Escobedo Sánchez, que autoriza y da fe.
... SE DIFIERE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL Y SE FIJAN LAS ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, PARA SU VERIFICATIVO...
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