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Elsa María Gabriela Amador Ortiz Y Otros.. | Comisión De Exp: 3597/2023

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz Y Otros.. | Yuridia Martínez Fonseca .
Demandado: Comisión De Controversias Laborales Y Administrativas Del Tribunal Electoral De La Ciudad De México Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 3597/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Elsa María Gabriela Amador Ortiz Y Otro en contra de Comisión De Controversias Laborales Y Administrativas Del Tribunal Electoral De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2023 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3597/2023

  • 25 de Noviembre del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Agréguese a los autos el oficio del Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, y en atención a su contenido, y a la certificación secretarial de cuenta, de la cual se observa que por auto de quince de agosto del año en curso, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, acusó recibo del recurso de inconformidad interpuesto en autos, e informó que lo admitió a trámite, el cual quedó registrado con el número 16/2024, se ordena reexpedir el oficio 33665/2024 para que sea enviado al tribunal colegiado oficiante, con copia certificada de la promoción 13431. Notifíquese.

  • 22 de Noviembre del 2024

    Actor: Yuridia Martínez Fonseca .

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Visto el escrito de cuenta signado por la parte quejosa *... por medio del cual pretende desistirse del presente juicio de amparo; en atención a su contenido, dígase a la promovente que no es dable acordar de conformidad su petición, ya que la sentencia dictada en este asunto, que concedió el amparo y protección de la justicia de la unión, ya fue confirmada por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, mediante resolución dictada en el amparo en revisión RT. 64/2024, es decir la misma ya causó ejecutoria. Conforme a lo expuesto por la Segunda Sala del Máximo Tribunal al resolver la contradicción de tesis citada... se reitera, no es dable acordar de conformidad la petición de la quejosa en el sentido de desistirse de este juicio de amparo, por lo que se deberá continuar con el cumplimiento de la ejecutoria de amparo. Notifíquese.

  • 14 de Noviembre del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México .

    agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual informa las gestiones que realiza para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada en el sumario; sin embargo ya que por auto de acuerdo de cinco de agosto de dos mil veinticuatro, el apoderado de la parte quejosa, interpuso recurso de inconformidad en contra del auto de ocho de julio de dos mil veinticuatro, a través del cual el Director General Jurídico y representante legal del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, informó su imposibilidad para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada en el sumario; resérvese proveer lo conducente se resuelva el recurso planteado. Sin perjuicio de lo anterior, remítase copia certificada del oficio de cuenta al Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, para los efectos legales conducentes. Notifíquese.

  • 16 de Agosto del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Agréguese a los autos la promoción electrónica que remite el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en atención a su contenido, se advierte que acusa recibo del recurso de inconformidad interpuesto en autos; e informa que admitió a trámite dicho recurso, el cual quedó registrado con el número 16/2024, de lo que se toma conocimiento para los efectos legales conducentes. Notifíquese.

  • 06 de Agosto del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Glósese a los autos el escrito del apoderado de la parte quejosa, mediante el cual interpone recurso de inconformidad en contra del acuerdo de ocho de julio de dos mil veinticuatro. Córrase traslado a la autoridad responsable con copia del escrito de agravios. Una vez que obren en autos las constancias de notificación derivadas de este proveído, envíese el juicio de amparo en que se actúa, así como el original del escrito de expresión de agravios al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en turno, para la substanciación del recurso de mérito. Se precisa que no se hace mayor pronunciamiento sobre el recurso de inconformidad, pues los artículos 202 y 203 de la Ley de Amparo, disponen que el recurso se presentará por escrito ante el órgano jurisdiccional que conozca del amparo, el cual debe limitarse a darle trámite, sin prejuzgar sobre su procedencia o improcedencia, ni sobre su oportunidad, tampoco sobre los agravios y argumentos encaminados directa o indirectamente a fortalecerlos, ni respecto a los actos procesales desplegados para la defensa de los intereses de la parte promovente. en virtud de que este juzgado cuenta con el Expediente Electrónico que contiene las diversas actuaciones que se encuentran en el presente juicio de amparo, y a fin de no desperdiciar recursos materiales ni humanos y equilibrar la carga de trabajo con la que cuenta este juzgado, se ordena formar el expediente de antecedentes con copia del auto de admisión, sentencia y acuerdo de cumplimiento, para que el original del expediente en que se actúa pueda ser remitido al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito que le toque conocer de los citados recursos. Notifíquese.

  • 09 de Julio del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Agréguese a los autos el oficio signado por el Director General Jurídico y representante legal del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, mediante el cual informa la imposibilidad para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada en el sumario... este juzgado de distrito, considera que existe imposibilidad jurídica, para lograr el cumplimiento de la sentencia de amparo, reservándose enviar al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito en turno, hasta en tanto trascurra el término establecido en el artículo 202 de la Ley de Amparo. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa.

  • 04 de Julio del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Agréguese a los autos el oficio signado por el actuario judicial adscrito al Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, mediante el cual envía testimonio de la ejecutoria dictada en el amparo en revisión RT. 64/2024, a través de la cual confirmó la sentencia recurrida. devuelve los autos originales del juicio de amparo 3597/2023, y cuatro tomos en copia certificada del expediente laboral. Acúsese recibo de estilo al superior jerárquico vía interconexión e infórmese lo anterior a la autoridad responsable, y córraseles traslado con copia de la ejecutoria pronunciada por el tribunal colegiado oficiante. se requiere a la Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral y al Pleno del Tribunal Electoral, ambos de la Ciudad de México, para que en el término de cinco días, contados a partir de la notificación del presente proveído... Se apercibe. Notifíquese.

  • 30 de Abril del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Agréguese a los autos el oficio signado vía electrónica por la Actuaria adscrita al Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, mediante el cual informa que se admitió a trámite el recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, en contra de la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, recurso que se registró con el número de expediente RT. 64/2024; de lo que se toma conocimiento. NOTIFÍQUESE.

  • 17 de Abril del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Agréguese a los autos el escrito signado por el apoderado de la parte quejosa, en atención a su contenido, con fundamento en los numerales 81, fracción I, inciso e), 84, 86, 88 y 89 de la Ley de la materia, se tiene por interpuesto el RECURSO DE REVISIÓN, en contra de la sentencia dictada en el presente juicio de amparo. Córrase traslado a las demás partes con copia del escrito de agravios. Una vez que el resto de las partes hayan sido notificadas del recurso, deberá enviarse al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en turno, el cuaderno principal del presente juicio de amparo; la copia certificada del juicio natural en cuatro tomos; y el original del escrito de expresión de agravios, con su copia para el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito al Tribunal Colegiado, para la sustanciación del recurso de mérito. Se precisa que no se hace mayor pronunciamiento sobre el recurso de revisión, pues el artículo 89 de la Ley de Amparo dispone que el recurso se presentará por escrito ante el órgano jurisdiccional que conozca del amparo, el cual debe limitarse a darle trámite, sin prejuzgar sobre su procedencia o improcedencia, ni sobre su oportunidad, tampoco sobre los agravios y argumentos encaminados directa o indirectamente a fortalecerlos, ni respecto a los actos procesales desplegados para la defensa de los intereses de la parte promovente. en virtud de que este juzgado cuenta con el Expediente Electrónico que contiene las diversas actuaciones que se encuentran en el presente juicio de amparo, y a fin de no desperdiciar recursos materiales ni humanos y equilibrar la carga de trabajo con la que cuenta este juzgado, se ordena formar el cuaderno de antecedentes sólo con la copia del auto de admisión de demanda, para que el original del expediente en que se actúa pueda ser remitido al Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito que le toque conocer del citado recurso de revisión. NOTIFÍQUESE; Y POR OFICIO AL TERCERO INTERESADO.

  • 03 de Abril del 2024

    Actor: Elsa María Gabriela Amador Ortiz y Otros..

    Demandado: Comisión de Controversias Laborales y Administrativas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y Otros..

    Vista la certificación secretarial de cuenta, agréguese a los autos únicamente para que obre como constancia, el escrito signado por el autorizado de la parte quejosa, mediante el cual realiza diversas manifestaciones y ofrece pruebas supervinientes, de forma extemporánea, en razón de que la audiencia constitucional tuvo verificativo el veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro, en la que se dictó sentencia. NOTIFÍQUESE.

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