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Elvira Y/o María Luisa García César | Juez Segundo Civil Y Exp: 444/2010

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Elvira Y/o María Luisa Elvira García Y/o García César Y/o César
Demandado: Juez Segundo Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Cuauhtémoc
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 444/2010 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Elvira Y/O María Luisa Elvira García Y/O García César Y/O César en contra de Juez Segundo Civil Y Familiar Del Distrito Judicial De Cuauhtémoc en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 06 de Abril del 2010 y cuenta con 13 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 444/2010

  • 28 de Septiembre del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Se declara que dicha sentencia que sobreseyó el juicio ha causado ejecutoria para todos los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el presente expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero del acuerdo General Conjunto 1/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término de tres años que establece el diverso artículo décimo primero del Acuerdo General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto. Expídase al tercero perjudicado la copia certificada que solicita, previa identificación y razón de su entrega que se deje en autos. Teniendo por autorizadas a las personas que refiere para recibirla

  • 01 de Septiembre del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista la sentencia de treinta de agosto de dos mil diez que en síntesis dice: "...Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio..."

  • 31 de Agosto del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA Y TERCEROS PERJUDICADOS

  • 15 de Junio del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Visto el oficio de cuenta, se tiene al Actuario del Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito informando que ha causado estado el auto de veintiocho de mayo último, por el cual se desechó por extemporáneo el recurso de queja hecho valer por la parte quejosa, para los efectos legales correspondientes. Fórmese cuaderno de antecedentes con el oficio de cuenta y una vez que se dicte sentencia glósese a los autos

  • 04 de Junio del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad signante da cumplimiento al proveído de diez de mayo del año en curso, informando el estado que guardan los autos del juicio de referencia, para los efectos a los que haya lugar

  • 03 de Junio del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta mediante el cual la autoridad responsable de referencia, en cumplimiento al proveído de diez de mayo, remite las constancias solicitadas, para los efectos legales a los que haya lugar

  • 02 de Junio del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Visto el oficio signado por el Actuario Judicial Adscrito al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, mediante el cual remite el acuerdo de veintiocho de mayo del año en curso, dictado por el Presidente del citado Tribunal, dentro de los autos relativos al recurso de queja 32/2010, del que se advierte que se ha desechado por extemporáneo el citado recurso, para los efectos legales correspondientes

  • 27 de Mayo del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Visto el estado de los autos se ordena enviar el oficio al Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, por el que se le solicita que remita las constancias que obran en el juicio de amparo 408/2010-II-B, de su índice. Se tiene por recibido el oficio de cuenta, en consecuencia ríndase por separado el informe correspondiente sobre la materia de la queja que hace valer la parte quejosa, Remitiendo al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito copia certificada de las constancias deducidas del presente juicio

  • 13 de Mayo del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte tercero perjudicado Javier Suárez Hernández y se procede a notificar por lista el auto de diez de mayo de dos mil diez que en síntesis dice: "...Visto el escrito de cuenta signado por Javier Suárez Hernández, en su carácter de tercero perjudicado, se tiene por apersonado a juicio en su carácter de tercero perjudicado a Javier Suárez Hernández. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones del tercero perjudicado de referencia, el que señala en su escrito de cuenta. Se tienen por autorizados a las personas que señala en su escrito de cuenta. Se tienen como pruebas de su parte las documentales que refiere, y la presuncional legal y humana, mismas que se desahogan atenta a su propia y especial naturaleza. Sedesecha la prueba confesional expresa ofrecida por el tercero perjudicado en cita. Toda vez que del escrito de cuenta así como de las documentales ofrecidas por la parte tercero perjudicada, se advierte la existencia del juicio de amparo indirecto 408/2010-II-B, del índice del Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala,se solicita al Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, para que en caso de no tener inconveniente alguno, remita las constancias que obran en el juicio de amparo 408/2010-II-B, de su índice, consistentes en copia certificada de la demanda, auto admisorio e informe el estado procesal en que se encuentra el aludido juicio de amparo y lo acredite con la constancia correspondiente. Se le tiene al tercero perjudicado en cita, por formuladas sus manifestaciones a manera de alegatos. Se tiene a la parte quejosa ofreciendo las pruebas documentales que señala en su escrito de cuenta, la instrumental de actuaciones y la presuncional legal y humana, mismas que se desahogan atenta a su propia y especial naturaleza. Ahora bien, con relación a la prueba de inspección judicial que ofrece la parte quejosa no ha lugar a tenerla por admitida, toda vez que la celebración de la audiencia constitucional fue fijada para las nueve horas con diez minutos del diez de mayo de dos mil diez, sin que hubiese anunciado con la oportunidad debida la prueba de referencia. Se tiene a la parte quejosa por formuladas sus manifestaciones a manera de alegatos. Para dar margen a lo anterior se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIEZ DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ, para la celebración de la audiencia constitucional..."

  • 11 de Mayo del 2010

    Actor: ELVIRA Y/O MARÍA LUISA ELVIRA GARCÍA Y/O GARCÍA CÉSAR Y/O CÉSAR

    Demandado: JUEZ SEGUNDO CIVIL Y FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUHTÉMOC

    Visto el escrito de cuenta signado por Javier Suárez Hernández, en su carácter de tercero perjudicado, se tiene por apersonado a juicio en su carácter de tercero perjudicado a Javier Suárez Hernández. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones del tercero perjudicado de referencia, el que señala en su escrito de cuenta. Se tienen por autorizados a las personas que señala en su escrito de cuenta. Se tienen como pruebas de su parte las documentales que refiere, y la presuncional legal y humana, mismas que se desahogan atenta a su propia y especial naturaleza. Sedesecha la prueba confesional expresa ofrecida por el tercero perjudicado en cita. Toda vez que del escrito de cuenta así como de las documentales ofrecidas por la parte tercero perjudicada, se advierte la existencia del juicio de amparo indirecto 408/2010-II-B, del índice del Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala,se solicita al Juez Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, para que en caso de no tener inconveniente alguno, remita las constancias que obran en el juicio de amparo 408/2010-II-B, de su índice, consistentes en copia certificada de la demanda, auto admisorio e informe el estado procesal en que se encuentra el aludido juicio de amparo y lo acredite con la constancia correspondiente. Se le tiene al tercero perjudicado en cita, por formuladas sus manifestaciones a manera de alegatos. Se tiene a la parte quejosa ofreciendo las pruebas documentales que señala en su escrito de cuenta, la instrumental de actuaciones y la presuncional legal y humana, mismas que se desahogan atenta a su propia y especial naturaleza. Ahora bien, con relación a la prueba de inspección judicial que ofrece la parte quejosa no ha lugar a tenerla por admitida, toda vez que la celebración de la audiencia constitucional fue fijada para las nueve horas con diez minutos del diez de mayo de dos mil diez, sin que hubiese anunciado con la oportunidad debida la prueba de referencia. Se tiene a la parte quejosa por formuladas sus manifestaciones a manera de alegatos. Para dar margen a lo anterior se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las NUEVE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIEZ DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ, para la celebración de la audiencia constitucional

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