Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Empresa Creativa, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Cámara De Senadores Del Congreso De La Unión
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 818/2005 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Empresa Creativa, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Cámara De Senadores Del Congreso De La Unión en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 13 de Julio del 2005 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Devuélvase a la parte quejosa las documentales que solicita, previa razón que de su entrega obre en autos
Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Visto el escrito signado por el representante legal de la quejosa, devuélvasele las documentales que refiere, asi también expídansele las copias certificadas que solicita
Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Visto el estado que guardan los autos, del cual la quejosa no dió cumplimiento al requerimiento formulado en consecuencia, se ordena que las copias que anexó a su demanda de garantías sean destruidas
Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Se declara que el proveído que tuvo por no interpuesta la demanda de garantía ha causado estado para los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones en el libro de gobierno. En consecuencia, resérvese el presente asunto en el archivo para su depuración y toda vez que será destruido en su totalidad, notifíquese a la parte quejosa para que en el término de seis meses manifieste lo que a su derecho corresponda
Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Se tiene por no interpuesta la demanda de garantías
Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Visto el escrito de la quejosa, se le tiene dando parcial cumplimiento a la prevención efectuada mediente proveído de doce de julio pasado, se le tiene por reconocida la personalidad con que promueve. Tomando en cuanta que se le requirió que aclarara las improcisiones referidas, y toda vez que el escrito de cuenta, no da cabal cumplimiento a lo anterior, y toda vez que la promoción de cuenta, no interrumpe el término concedido para tal efecto, persiste el apercibimiento hecho en el mismo., es decir que de no cumplir con lo anterior se tendra por no interpuesta la demanda de garantías
Actor: EMPRESA CREATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
Demandado: CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Se requiere al promovente para que en el término de tres días acredite la personalidad con la que pretende promover, apercibido que de no hacerlo, se tendrá por NO interpuesta la demanda de garantías, así también en dicho plazo aclare su demanda, debiendo precisar quines son las autoridades responsables y que acto reclama de cada una de ellas, apercibido que de no hacerlo, no se tendrá por interpuesta su demanda. Como lo solicita notifíquesele esta y las subsecuentes actuaciones por medio de lista que se fija en los estrados
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