Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Enrique Ortiz Pérez.
Demandado: Agente Del Ministerio Público Adscrito A La Unidad De Investigación Con Sede En La Ciudad De Río Bravo. .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 566/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Enrique Ortiz Pérez en contra de Agente Del Ministerio Público Adscrito A La Unidad De Investigación Con Sede En La Ciudad De Río Bravo. en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 15 de Julio del 2016 y cuenta con 14 Notificaciones.
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CAUSA EJECUTORIA LA SENTENCIA
R E S U E L V E: PRIMERO. Se sobresee este juicio de amparo promovido por ********************respecto de los actos reclamados consistentes en orden de presentación o detención, atribuido al Agente del Ministerio Público de Procedimiento Penal Acusatorio adscrita a la Unidad General de Investigación 1, con sede en Río Bravo, Tamaulipas, por los motivos expuestos en el considerando tercero de esta resolución. SEGUNDO. La presente resolución será publicable en términos de la consideración última del presente fallo.
... se difiere la audiencia constitucional, y se fijan las ONCE HORAS DEL OCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, para su verificativo. ...Consecuentemente, se tiene como inexistente la autoridad denominada Comandante de la Policía adscrito a la Unidad de Investigación, con residencia en Río Bravo, Tamaulipas, suspendiéndose toda comunicación con la misma,
......Por tanto, para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DIEZ HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo la misma...
Por tanto, para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para esta fecha y se fijan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL SIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo.
R E S U E L V E: ÚNICO. Se NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a Enrique Ortiz Pérez, por lo que hace a los actos reclamados precisados en el considerando segundo, respecto de los actos atribuidos a la autoridad responsable, por las razones legales expuestas en el mismo.
. Visto lo de cuenta, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, téngase rindiendo su informe justificado a la autoridad señalada como responsable Agente del Ministerio Público de Procedimiento Penal Acusatorio adscrita a la Unidad General de Investigación Uno, con residencia en Río Bravo, Tamaulipas; con lo anterior dése vista a las partes a efecto de que manifiesten lo que a su interés legal convenga, sin perjuicio de su relación en la audiencia constitucional.
...Vista la certificación secretarial que antecede, se advierte que el quejoso no desahogó la vista otorgada en proveído de once de agosto del presente año, relativa a la inexistencia en Río Bravo, Tamaulipas, de la autoridad responsable que denominó como Comandante de la Policía adscrito la Unidad de Investigación, a pesar de haber quedado legalmente notificado de dicho auto; en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en el auto de referencia, y se tiene como inexistente a dicha autoridad...
REPUBLICACIÓN... agréguese el oficio devuelto por el servicio postal mexicano..dese vista a la parte quejosa por el términoo de tres días...
En consecuencia, para dar margen a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL NUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, para su verificativo.
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