Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Enrique Villavicencio Cruz
Demandado: Juez Tercero Civil Del Distrito Judicial De Cuautitlán Con Residencia En Cuautitlán Izcalli, Estado De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 482/2018 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Enrique Villavicencio Cruz en contra de Juez Tercero Civil Del Distrito Judicial De Cuautitlán Con Residencia En Cuautitlán Izcalli, Estado De México en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 29 de Junio del 2018 y cuenta con 8 Notificaciones.
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SE TIENE POR CONSENTIDA LA RESOLUCIÓN QUE TUVO POR CUMPLIDO EL FALLO PROTECTOR EMITIDO EN EL PRESENTE ASUNTO. REMÍTASE AL ARCHIVO Y HÁGASE LA ANOTACIÓN RESPECTIVA EN EL LIBRO DE GOBIERNO. SE HACE CONSTAR QUE EL MISMO ES SUSCEPTIBLE DE SER DEPURADO.
DESE VISTA A LAS PARTES POR EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS CON LA RESOLUCIÓN DICTADA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE, PARA QUE LA PARTE QUE SE CONSIDERE AFECTADA PUEDA ALEGAR DEFECTO O EXCESO EN EL CUMPLIMIENTO QUE REALIZÓ LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EN EL ENTENDIDO QUE DE DESAHOGAR LA VISTA O SIN ELLA, ESTE ÓRGANO COLEGIADO RESOLVERÁ LO CONDUCENTE.
PRIMERO. EL JUZGADO RESPONSABLE NO CUMPLIÓ CON LOS DEBERES IMPUESTOS EN LA EJECUTORIA DE AMPARO. SEGUNDO. EL JUZGADO RESPONSABLE DEBE DEJAR SIN EFECTOS LA SENTENCIA PRECISADA. TERCERO. SE REQUIERE AL JUZGADO RESPONSABLE PARA QUE A LA BREVEDAD DÉ CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA FEDERAL.
DESE VISTA A LAS PARTES POR EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS CON LA RESOLUCIÓN DICTADA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE, PARA QUE LA PARTE QUE SE CONSIDERE AFECTADA PUEDA ALEGAR DEFECTO O EXCESO EN EL CUMPLIMIENTO QUE REALIZÓ LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EN EL ENTENDIDO QUE DE DESAHOGAR LA VISTA O SIN ELLA, ESTE ÓRGANO COLEGIADO RESOLVERÁ LO CONDUCENTE.
AMPARA PARA EFECTOS.
TÚRNENSE LOS AUTOS A LA PONENCIA DEL MAGISTRADO VIRGILIO SOLORIO CAMPOS.
SE ADMITE LA DEMANDA. SE DA VISTA A LAS PARTES CON EL INFORME JUSTIFICADO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES. SE DA VISTA A LA PARTE TERCERA INTERESADA Y SE LE INFORMA QUE ESTÁ EN POSIBILIDAD DE FORMULAR ALEGATOS O PROMOVER DEMANDA DE AMPARO ADHESIVO EN EL PLAZO DE QUINCE DIAS. NOTIFÍQUESE AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO.
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