Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3765/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Erika Rodríguez Zepeda en contra de Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Diciembre del 2023 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguese a los autos el oficio signado por el autorizado de la parte quejosa, mediante el cual solicita que se requiera el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, a la autoridad responsable; en atención a su contenido, dígase al promovente que se encuentra transcurriendo el plazo concedido a la autoridad responsable, por auto de seis de febrero del año en curso, para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo en que se actúa. NOTIFÍQUESE.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguese a los autos el oficio que remite la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; y en su apoyo acompaña copia certificada de diversas constancias del expediente natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
SE NOTIFICA POR LISTA A LA TERCERA INTERESADA, CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO, EL PROVEÍDO DE CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se señalan las nueve horas con treinta y dos minutos del diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, para la audiencia constitucional. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, les asiste el carácter de terceros interesados a las personas mencionadas por la parte quejosa, en virtud de que son las partes demandadas en el juicio laboral de origen. Por ende, con fundamento en los artículos 26, fracción I, inciso b), 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace a los terceros interesados señalados, en el domicilio que señala la parte quejosa en su escrito inicial de demanda. Notifíquese; y emplácese a los terceros interesados". NOTIFÍQUESE.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Agréguese a los autos la razón de cuenta por la que la fedataria de la adscripción manifestó la imposibilidad que tuvo para emplazar a la tercera interesada indicada en la cuenta, en términos de los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo; por tanto, provéase lo conducente, en su caso, en la audiencia constitucional que se celebre. NOTIFÍQUESE.
Actor: Erika Rodríguez Zepeda.
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se señalan las nueve horas con treinta y dos minutos del diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, para la audiencia constitucional. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, les asiste el carácter de terceros interesados a las personas mencionadas por la parte quejosa, en virtud de que son las partes demandadas en el juicio laboral de origen. Por ende, con fundamento en los artículos 26, fracción I, inciso b), 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace a los terceros interesados señalados, en el domicilio que señala la parte quejosa en su escrito inicial de demanda. Notifíquese; y emplácese a los terceros interesados.
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