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Ernesto Moreno Gonzalez | Octava Sala Regional Metropolitana Del Exp: 664/2015

Federal > Décimo Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Ernesto Moreno Gonzalez | Octava Sala Regional Metropolitana Del Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa | Consejo De Profesionalizacion De La Pgr
Demandado: Octava Sala Regional Metropolitana Del Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa | Ernesto Moreno Gonzalez
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 664/2015 en Materia Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Ernesto Moreno Gonzalez en contra de Octava Sala Regional Metropolitana Del Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa en el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2015 y cuenta con 23 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 664/2015

  • 13 de Julio del 2016

    Visto el estado que guardan los presentes autos, de los que se advierte que ha transcurrido el término de quince días que establece el artículo 202 de la Ley de Amparo, sin que las partes hayan interpuesto recurso de inconformidad en contra del acuerdo plenario de diez de junio de dos mil dieciséis, en consecuencia SE DECLARA FIRME LA DETERMINACIÓN EN COMENTO...Por otra parte, previo análisis y verificación de las constancias que lo integran, se advierte que el mismo se encuentra debidamente integrado, archívese como asunto totalmente concluido y háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno correspondiente...Se concluye que toda vez que se resolvió en el sentido de ampara y protege, por ende, es susceptible de ser depurado. Notifíquese.

  • 13 de Julio del 2016

    Actor: Ernesto Moreno Gonzalez

    Demandado: Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Visto el estado que guardan los presentes autos, de los que se advierte que ha transcurrido el término de quince días que establece el artículo 202 de la Ley de Amparo, sin que las partes hayan interpuesto recurso de inconformidad en contra del acuerdo plenario de diez de junio de dos mil dieciséis, en consecuencia SE DECLARA FIRME LA DETERMINACIÓN EN COMENTO...Por otra parte, previo análisis y verificación de las constancias que lo integran, se advierte que el mismo se encuentra debidamente integrado, archívese como asunto totalmente concluido y háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno correspondiente...Se concluye que toda vez que se resolvió en el sentido de ampara y protege, por ende, es susceptible de ser depurado. Notifíquese

  • 13 de Junio del 2016

    Visto el estado que guardan los autos se resuelve que se ha dado cumplimiento al fallo protector sin que se advierta defecto o exceso en el mismo... Notifíquese personalmente.

  • 13 de Junio del 2016

    Actor: Ernesto Moreno Gonzalez

    Demandado: Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Visto el estado que guardan los autos se resuelve que se ha dado cumplimiento al fallo protector sin que se advierta defecto o exceso en el mismo... Notifíquese personalmente

  • 13 de Mayo del 2016

    Actor: Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Demandado: Ernesto Moreno Gonzalez

    Visto el estado procesal y de la certificación de cuenta, se advierte que el término otorgado a las partes ha fenecido, en consecuencia, devuélvase el juicio en que se actúa a la ponencia del magistrado relator a fin de que se formule el dictamen correspondiente, respecto del cumplimiento a la ejecutoria de amparo... Notifíquese

  • 13 de Mayo del 2016

    Visto el estado procesal y de la certificación de cuenta, se advierte que el término otorgado a las partes ha fenecido, en consecuencia, devuélvase el juicio en que se actúa a la ponencia del magistrado relator a fin de que se formule el dictamen correspondiente, respecto del cumplimiento a la ejecutoria de amparo... Notifíquese.

  • 09 de Mayo del 2016

    Actor: Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Demandado: Ernesto Moreno Gonzalez

    Por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad demandada señala domicilio para oír y recibir notificaciones y realiza diversas manifestaciones en relación a la vista ordenada mediante proveído de veintiuno de abril del presente año... Se tiene como domicilio el señalado para oír y recibir notificaciones... Téngase por realizadas las manifestaciones de la autoridad oficiante... Notifíquese

  • 09 de Mayo del 2016

    Por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad demandada señala domicilio para oír y recibir notificaciones y realiza diversas manifestaciones en relación a la vista ordenada mediante proveído de veintiuno de abril del presente año... Se tiene como domicilio el señalado para oír y recibir notificaciones... Téngase por realizadas las manifestaciones de la autoridad oficiante... Notifíquese.

  • 22 de Abril del 2016

    Téngase por recibido el oficio de cuenta firmado por la presidenta de la sala del conocimiento, en el que envía copia certificada de la sentencia de catorce de abril de dos mil dieciséis dictada en cumplimiento al falo protector... Agréguese a sus autos... Se da vista al quejoso y a la tercera interesada para que en el término de diez días manifiesten lo que a su derecho convenga. Notifíquese personalmente al quejoso.

  • 22 de Abril del 2016

    Actor: Ernesto Moreno Gonzalez

    Demandado: Octava Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

    Téngase por recibido el oficio de cuenta firmado por la presidenta de la sala del conocimiento, en el que envía copia certificada de la sentencia de catorce de abril de dos mil dieciséis dictada en cumplimiento al falo protector... Agréguese a sus autos... Se da vista al quejoso y a la tercera interesada para que en el término de diez días manifiesten lo que a su derecho convenga. Notifíquese personalmente al quejoso

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