Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Esperanza Hernández Flores
Demandado: Roberto Flores Pérez (deudor Principal)
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 323/2009 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Esperanza Hernández Flores en contra de Roberto Flores Pérez (Deudor Principal) en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 18 de Marzo del 2011 y cuenta con 2 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: ESPERANZA HERNÁNDEZ FLORES
Demandado: ROBERTO FLORES PÉREZ (DEUDOR PRINCIPAL)
Visto el estado procesal que guardan los autos se advierte que mediante proveído de dos de mayo de dos mil trece, se requirió a la parte actora para que dentro del término de noventa días hábiles acudiera a este órgano jurisdiccional a recoger el documento que anexó a su escrito inicial de demanda, sin que lo haya realizado. En consecuencia, toda vez que no se presentó a recoger dicha documental en el plazo indicado, lo cual es evidente en virtud de la antigüedad del citado auto; se ordena extraerla de la caja de valores de este órgano jurisdiccional y hecho lo anterior, agregarla al presente expediente para que obre como legalmente corresponda. Finalmente, toda vez que el presente asunto ya se encontraba materialmente en el archivo, devuélvase el mismo, para los efectos legales a que haya lugar
Actor: ESPERANZA HERNÁNDEZ FLORES
Demandado: ROBERTO FLORES PÉREZ (DEUDOR PRINCIPAL)
Visto el estado de los autos y la certificación secretarial que antecede, de los que se advierte que a la fecha ha transcurrido el plazo de tres días a que se refiere el artículo 1335, del Código de Comercio, sin que las partes, hayan recurrido el auto de cuatro de noviembre de dos mil diez, mediante el cual se decretó la caducidad del presente juicio. En consecuencia, se declara que dicha resolución HA CAUSADO ESTADO, para todos los efectos a que haya lugar. Por otra parte, se ordena devolver el documento base de la acción a la parte actora, previo acuse que por su recibo obre en autos. Para los efectos legales a que haya lugar, hágase del conocimiento de las partes que por acuerdo de veinticuatro de noviembre de dos mil diez, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se acordó la adscripción del suscrito Juez Miguel Bonilla López como titular de este Juzgado de Distrito, con efectos a partir del uno de diciembre del año en curso
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información