Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 753/2010 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 18 de Noviembre del 2010 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Juez primero de distrito en el estado de chihuahua informa que aceptó competencia declinada por este juzgado, archivese, se declara que el mismo es susceptible de destrucción
Glósese informe justificado de la autoridad responsable, designa delegados y señala domicilio para recibir notificaciones. Se agregan documentales que anexa
Se admite ampliación de demanda que promueve parte quejosa, se requiere al consejo consultivo delegacional del insituto mexicano del seguro social, rinda informe justificado, se le hace saber la fecha de audiencia constitucional
Glósese informe justificado de la autoridad responsable, se da vista a quejosa para que manfieste lo que a su interes legal convenga respecto de denominación de autoridad
Se admite demanda, se pide informe justificado,dése intervención legal al fiscal adscrito, se señalan las 10:00 horas de 02 de diciembre de 2010, para que tenga verificativo la audiencia constitucional, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 1,2,3, fraccion xiv, inciso c), 8, 18, fraccion ii y 19, de la ley federal de transparencia y acceso a la información publica gubernamental, 5, 6, 7 y 8 del reglamento conjunto de la suprema corte de justicia de la nacion y del consejo de la judicatura federal, se hace saber a las partes que la sentencia, ejecutoria y las demas resoluciones publicas que se dictan en el presente juicio, una vez emitidas, asi como este, una vez concluido, podran ser consultadas por el publico en general, conforme al procedimiento de acceso a la informacion previsto en el reglamento mencionado. Asimismo se les comunica su derecho a oponerse a que sus datos personales aparezcan en las listas, de conformidad con el artículo 8 de la precitada ley
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