Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3565/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Fabio Aberaldo Moraga Valle en contra de Junta Especial Número Catorce Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 17 de Noviembre del 2023 y cuenta con 17 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos la razón de cuenta, por la cual la fedataria de la adscripción manifiesta la imposibilidad que tuvo para notificar a la parte tercero interesada, el auto de dos de julio de dos mil veinticuatro, por las razones que expone. se comisiona al actuario para que a partir del uno de agosto de dos mil veinticuatro proceda a llevar a cabo la diligencia encomendada. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Atento a la certificación que antecede, con fundamento en el "ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, destrucción, digitalización, transferencia, resguardo y destino final de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales", notifíquese personalmente a la tercera interesada esta determinación, para que dentro del plazo de noventa días hábiles siguientes al en que surta efectos la notificación correspondiente, acuda a este órgano jurisdiccional a recuperarlo, apercibida de que, en caso de no hacerlo, se procederá a su destrucción. devuélvase al archivo el expediente. Notifíquese; y personalmente a la tercero interesada.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Se declara que ha causado ejecutoria la sentencia dictada en este juicio. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en el expediente principal, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a las partes para que recuperen este tipo de papeles. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. Se sobresee en el juicio. NOTIFÍQUESE.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese el oficio signado por el Presidente de la Junta responsable, mediante el cual desahoga el requerimiento formulado en autos y al efecto, remite copia certificada de la audiencia de veintitrés de enero de dos mil veinticuatro, celebrada en el sumario laboral 43/2022. con fundamento en el artículo 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, dese vista a las partes con su contenido, para que en el término de tres días, contado a partir del en que surta efectos la notificación del presente proveído, manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional. Sobre esa línea, se deja sin efectos el apercibimiento decretado en autos. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese el oficio signado por el Presidente de la Junta responsable, mediante el cual en atención al requerimiento formulado en auto de nueve de febrero de dos mil veinticuatro, remite copia certificada de diversas constancias relativas al juicio de origen. con fundamento en el artículo 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, dese vista a las partes con su contenido, para que en el término de tres días, contado a partir del en que surta efectos la notificación del presente proveído, manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional. REQUIÉRASE NUEVAMENTE a la Junta responsable para que remita copia certificada, completa y legible... Apercibida. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Visto el estado que guardan los autos, SE REQUIERE a la Junta responsable, para que dentro del plazo de TRES DÍAS, contado a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, remita copia certificada... Apercibida. se difiere la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, fijándose en su lugar las diez horas con catorce minutos del doce de marzo de dos mil veinticuatro, para que tenga lugar su celebración. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el escrito signado por el autorizado de la parte tercero interesada, a través del cual desahoga la vista otorgada en auto de veintiséis de enero de dos mil veinticuatro; por lo que se tienen por hechas las manifestaciones que formula en vía de alegatos, de conformidad con el artículo 124 de la ley de la materia. Relaciónese en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio que remite la autoridad responsable; remite copia certificada de diversas constancias relativas al expediente de origen. Dese vista a las partes con el oficio y la copia certificada de las constancias de cuenta, para que en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la notificación de este proveído, manifiesten lo que a su interés legal convenga. Se apercibe a las partes que de no hacer manifestación alguna al respecto, se les tendrá por conformes con el oficio y la copia referidos. Notifíquese.
Actor: Fabio Aberaldo Moraga Valle .
Demandado: Junta Especial Número Catorce Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio que remite la autoridad responsable; remite copia certificada de la audiencia incidental de acumulación, celebrada en el expediente de origen. Dese vista a las partes con el oficio y anexo de cuenta, para que en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la notificación de este proveído, manifiesten lo que a su interés legal convenga. SE REQUIERE a la Junta responsable, para que dentro del plazo de TRES DÍAS, contados a partir de la notificación del presente proveído, remita copia certificada, completa y legible de la resolución que haya recaído al incidente de acumulación en el juicio laboral de origen, del índice de la Junta responsable, bajo apercibimiento. Notifíquese.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información