Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3302/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Fermín Juárez Moreno en contra de Junta Especial Número Ocho Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Noviembre del 2023 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio firmado electrónicamente por la Actuaria Judicial adscrita al Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en atención a su solicitud y a la información de cuenta, envíese al superior de instancia, copia certificada de las constancias descritas en la certificación que antecede. NOTIFÍQUESE.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. se levanta la reserva decretada en auto de catorce de diciembre de dos mil veintitrés, y visto el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, mediante el cual envió copia con firmas autógrafas y certificadas del laudo de cinco de diciembre de dos mil veintitrés, vinculado con el expediente laboral de origen; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, mediante el cual remite copia con firmas autógrafas y certificada del laudo de cinco de diciembre de dos mil veintitrés, relativo al expediente laboral de origen; se reserva el acuerdo que en derecho corresponda hasta en tanto concluya el plazo que establece el artículo 86 de la Ley de Amparo. NOTIFÍQUESE.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado, y en su apoyo se remite copia certificada de diversa constancia relativa al juicio de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tiene como delegado de la autoridad responsable mencionada, a la persona que refiere en el oficio que se provee. Notifíquese.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos la promoción electrónica enviada por la apoderada del TERCERO INTERESADO, personalidad que se le reconoce en términos del documento que anexa para tal efecto, toda vez que manifiesta bajo protesta de decir verdad que el documento que anexo al presente juicio, es copia íntegra e inalterada del documento impreso; y en atención a su contenido, se le tiene por apersonado en el presente juicio de amparo, en su carácter de tercero interesado. se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica. téngase como sus autorizados a las personas que refiere; en el entendido de que gozaran de facultades amplias siempre y cuando estén registradas sus cédulas profesionales en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, o en su caso, proporcionen el número de su cédula profesional que los faculte para ejercer la profesión de licenciados en derecho. De igual forma, se tiene por señalado el correo electrónico que proporciona la parte tercero interesada, para los efectos legales conducentes. vista la certificación secretarial que antecede, únicamente se tiene por señalado el nombre de usuario que proporciona, el cual se encuentra registrado en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Notifíquese.
Actor: Fermín Juárez Moreno.
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se señalan las ONCE HORAS CON TRES MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, para la audiencia constitucional. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En relación con el tercero interesado que se indica, se le reconoce tal carácter, en términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo. Por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la ley de la materia, instrúyase al actuario adscrito para que lo emplace en el domicilio señalado en la demanda. Notifíquese y emplácese.
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