Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Fernando García Maraver
Demandado: Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 524/2018 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Fernando García Maraver en contra de Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 15 de Agosto del 2018 y cuenta con 16 Notificaciones.
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Puebla, Puebla, nueve de agosto de dos mil diecinueve. Archívese este asunto como totalmente concluido, tomando en consideración que el presente juicio de amparo no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de depuración en su momento oportuno.
Publicación dirigida a la parte quejosa. Puebla, Puebla, veintiuno de junio de dos mil diecinueve. ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de veinte de diciembre de dos mil dieciocho.
Puebla, Puebla, veintiuno de junio de dos mil diecinueve. ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de veinte de diciembre de dos mil dieciocho.
Notificación dirigida a la parte quejosa. Puebla, Puebla, veintiocho de mayo de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio signado por los Magistrados integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio de amparo, remite copia con firmas autógrafas del auto de veintidós de mayo pasado, laudo de veintitrés de mayo de dos mil diecinueve y copia de certificada de las constancias de su notificación. Por tanto, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicha resolución. Asimismo, se les hace del conocimiento que las demás actuaciones realizadas por la autoridad responsable para cumplir con la ejecutoria de amparo, quedan a su disposición para consulta en este expediente.
Puebla, Puebla, veintiocho de mayo de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio signado por los Magistrados integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio de amparo, remite copia con firmas autógrafas del auto de veintidós de mayo pasado, laudo de veintitrés de mayo de dos mil diecinueve y copia de certificada de las constancias de su notificación. Por tanto, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicha resolución. Asimismo, se les hace del conocimiento que las demás actuaciones realizadas por la autoridad responsable para cumplir con la ejecutoria de amparo, quedan a su disposición para consulta en este expediente.
Puebla, Puebla, veinte de mayo de dos mil diecinueve. Procede declarar no cumplida la ejecutoria.
Puebla, Puebla, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. Agréguese el oficio de los Magistrados integrantes del Tribunal responsable por el que en alcance remiten copia certificada de las constancias de notificación hecha a las partes, del laudo de diez de abril pasado.
Puebla, Puebla, doce de abril de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio de los Magistrados integrantes del Tribunal responsable por el que remiten copia con firmas autógrafas de su proveído de cinco de abril y del laudo de diez de abril de dos mil diecinueve, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicha resolución. Asimismo, se les hace del conocimiento que las demás actuaciones realizadas por la autoridad responsable para cumplir con la ejecutoria de amparo, quedan a su disposición para consulta en este expediente.
Puebla, Puebla, cuatro de abril de dos mil diecinueve. Visto el estado que guardan los autos y aten
Puebla, Puebla, uno de marzo de dos mil diecinueve. Ténganse por recibidos los oficios signado por los Magistrados integrantes del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio de amparo, remiten copia autógrafa del laudo de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve, y copia certificada de las constancias de su notificación. Por tanto, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes para que, dentro del plazo de diez días, contado a partir del siguiente al en que surta sus efectos la notificación del presente proveído, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicha resolución. Asimismo, se les hace del conocimiento que las demás actuaciones realizadas por la autoridad responsable para cumplir con la ejecutoria de amparo, quedan a su disposición para consulta en este expediente.
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