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Fernando Lamegos Tovar | Juzgado Quinto De Distrito En Materia Exp: 206/2024

Federal > Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito de Sexto Circuito
Actor: Fernando Lamegos Tovar
Demandado: Juzgado Quinto De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Puebla
Materia: Civil
Tipo: Queja

RESUMEN: El Expediente 206/2024 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por Fernando Lamegos Tovar en contra de Juzgado Quinto De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Puebla en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 04 de Junio del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 206/2024

  • 25 de Junio del 2024

    Actor: Fernando Lamegos Tovar

    Demandado: Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla

    San Andrés Cholula, Puebla, a veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. Visto el estado que guardan los presentes autos, túrnese este expediente a la suscrita, para que con fundamento en el artículo 101 de la Ley de Amparo, formule el proyecto de resolución que corresponda. Notifíquese

  • 04 de Junio del 2024

    Actor: Fernando Lamegos Tovar

    Demandado: Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla

    San Andrés Cholula, Puebla, a tres de junio de dos mil veinticuatro. Con el oficio de cuenta y demás anexos, fórmese y regístrese el expediente con el número que corresponda. Con fundamento en los artículos 97, fracción I, inciso a) y 98, de la Ley de Amparo, SE ADMITE el recurso de queja que interpone el quejoso ****************, por conducto de su autorizado en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo ****************. Asimismo, toda vez que la oficial encargada del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, ha verificado que el nombre de usuario ********* corresponde a ****************, se le autoriza para para consultar el expediente electrónico, presentar promociones y recibir notificaciones por esa vía, de conformidad con los artículos 35 y 36 del Acuerdo General Conjunto 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite del expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio consejo. Por otra parte, visto el oficio de cuenta, se tiene a la Juez Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, rindiendo su informe en el presente recurso de queja en los términos que del mismo se desprenden. En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 113, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 34 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, dígase a las partes que tienen expedito su derecho para otorgar por escrito su consentimiento para la publicación de sus datos personales en el presente asunto, en la inteligencia de que la falta de consentimiento de manera expresa, conlleva su oposición para que se publiquen. Tomando en consideración que el artículo 27, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, establece que se podrá comisionar a alguna de las actuarias judiciales de la adscripción para realizar notificaciones en zonas conurbadas y en atención a que mediante Decreto del Ejecutivo del estado de Puebla, que aprueba la modificación parcial al programa subregional de desarrollo urbano de los municipios de Cuautlancingo, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula, publicado en el periódico oficial del estado, el tres de marzo de dos mil once, se reconoce la conurbación en los referidos municipios comprendidos en la denominada reserva territorial Atlixcayotl-Quetzalcoatl; en consecuencia se instruye a las actuarias judiciales adscritas a este tribunal para que practiquen las notificaciones derivadas de este asunto en la referida zona conurbada. Finalmente, de conformidad con el acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los servicios de interconexión tecnológica entre los órganos jurisdiccionales con diversas instituciones públicas; notifíquese este acuerdo a los órganos jurisdiccionales respectivos vía oficio digitalizado a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes

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