Federal
> Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Fidelia Ramírez Espinosa
Demandado: Junta Especial Número Ocho De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México, Ahora Identificada Como Junta Especial "d" De Dicha Local
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 2071/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Fidelia Ramírez Espinosa en contra de Junta Especial Número Ocho De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México, Ahora Identificada Como Junta Especial "D" De Dicha Local en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 04 de Julio del 2023 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: FIDELIA RAMÍREZ ESPINOSA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AHORA IDENTIFICADA COMO JUNTA ESPECIAL "D" DE DICHA LOCAL
Ha causado estado el acuerdo de once de julio de dos mil veintitrés, en el que se sobreseyó fuera de audiencia en el juicio de amparo Comuníquese lo anterior a la autoridad señalada como responsable y archívese el presente expediente como asunto concluido Tomando en consideración que, como ya se precisó, se sobreseyó en el presente juicio fuera de audiencia constitucional, es decir, se dictó un acuerdo en el que no se decidió en lo principal, éste se clasifica como expediente DESTRUIBLE EN UN PLAZO DE TRES AÑOS
Actor: FIDELIA RAMÍREZ ESPINOSA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AHORA IDENTIFICADA COMO JUNTA ESPECIAL "D" DE DICHA LOCAL
Lo procedente es decretar el SOBRESEIMIENTO FUERA DE AUDIENCIA
Actor: FIDELIA RAMÍREZ ESPINOSA
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AHORA IDENTIFICADA COMO JUNTA ESPECIAL "D" DE DICHA LOCAL
SE ADMITE a trámite la demanda. Dese la intervención que legalmente corresponde a la Agente del Ministerio Público Federal adscrita. Sin tramitar incidente de suspensión por no haberse solicitado. Pídase a la autoridad responsable su informe con justificación, que deberá rendir en un plazo de quince días. A efecto de resolver lo que en derecho corresponda, respecto de la demanda que nos ocupa, requiérase a la Junta Responsable, para que dentro del plazo de tres días, informe a este órgano jurisdiccional si existen antecedentes de algún juicio de amparo indirecto relacionado con el expediente laboral generador de acto reclamado y en su caso, remita copia certificada de las constancias respectivas; apercibida de multa. Se fijan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRÉS, para la celebración de la audiencia constitucional. Se hace del conocimiento a las partes que podrán solicitar que se les practiquen las notificaciones personales vía electrónica; además, se les exhorta para que, de estimarlo pertinente, continúen la tramitación del presente asunto mediante el esquema de "juicio en línea", a través del Portal de Servicios en Línea desarrollado y aprobado por el Consejo de la Judicatura Federal, ingresando para tal efecto a la liga https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/Home/Ayuda; asimismo, se les requiere para que proporcionen un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico para que, de estimarse necesario, se establezca el contacto respectivo. Hágase del conocimiento de las partes, que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
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