Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Filiberta Morales Ramos
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 627/2017 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Filiberta Morales Ramos en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 14 de Noviembre del 2017 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Puebla, Puebla, veinte de abril de dos mil dieciocho. ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de veinticinco de enero de dos mil dieciocho en el juicio de amparo A.D. 627/2017.
Puebla, Puebla, veinte de abril de dos mil dieciocho. ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de veinticinco de enero de dos mil dieciocho en el juicio de amparo A.D. 627/2017.
Puebla, Puebla, veintidós de marzo de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia certificada del laudo de dieciséis de marzo del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.
Puebla, Puebla, veintidós de marzo de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia certificada del laudo de dieciséis de marzo del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.
Puebla, Puebla, trece de marzo de dos mil dieciocho. ha transcurrido a la fecha el término para que la responsable emita el laudo que le fue ordenado en la ejecutoria sin que se haya recibido, requiérase a la junta responsable para que en el término improrrogable de tres días remita testimonio del laudo que haya emitido.
Puebla, Puebla, trece de febrero de dos mil dieciocho. Agréguese el oficio signado por la responsabl
Se concede el amparo solicitado en términos y se require el cumplimiento.
Puebla, Puebla, trece de noviembre de dos mil diecisiete Agréguese el oficio signado por la responsable, por medio del cual, informa que: a) No existe alguna otra demanda de garantías promovida por las partes en el procedimiento laboral, diversa del quejoso, en contra del laudo aquí reclamado. Por otra parte, téngase por recibido el alegato 286/2017 signado por la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este tribunal colegiado, en atención a su contenido y a la oportunidad de su presentación, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 181 de la Ley de Amparo, se tienen por hechas sus manifestaciones que, en su caso, serán tomadas en consideración en el momento procesal oportuno. Por lo que se refiere a la solicitud de copias del fallo que se emita en el presente asunto, dígasele que una vez que esto acontezca y previa reiteración de su petición, se acordará lo procedente.
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