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Financiera Nacional De Desarrollo Agropecuario Rural Forestal Y Exp: 3/2021

Federal > Juzgado Décimo Tercero De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Financiera Nacional De Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal Y Pesquero | Eduardo Enrique Smith Hots
Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots | Financiera Nacional De Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal Y Pesquero
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos

RESUMEN: El Expediente 3/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Financiera Nacional De Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal Y Pesquero en contra de Eduardo Enrique Smith Hot en el Juzgado Décimo Tercero De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 10 de Febrero del 2021 y cuenta con 51 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3/2021

  • 04 de Marzo del 2025

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Es imposible celebrar la audiencia incidental en el presente asunto, por lo tanto, se señalan las doce horas con treinta minutos del dos de abril del año en curso, para su celebración. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis fracción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $********* (*************** pesos 52/100 moneda nacional). En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link: ******, número de reunión: ********, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo

  • 13 de Enero del 2025

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Con fundamento en el artículo 1353, se señalan las doce horas con treinta minutos del tres de marzo del año en curso, para su celebración... Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional)

  • 15 de Julio del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede se advierte que a las doce horas con treinta minutos del día de hoy, se encontraba señalada la audiencia incidental de liquidación de intereses. Ahora, en atención al oficio SEADS/2478/2024, se hizo del conocimiento la designación de Luis Gonzalo Mares Álvarez, como Secretario en funciones de Juez de este Juzgado de Distrito, con efecto a partir del veintiséis del mes y año en curso, por tanto, con fundamento en los artículos 1132 y 1133 del Código de Comercio, se hace del conocimiento a las partes de dicha designación. Lo anterior, a fin de que tengan la oportunidad de plantear, en su caso, algún impedimento en relación con dicha designación. Por tanto, en este panorama, se señalan las trece horas con treinta minutos del veinte de agosto del año en curso, para la celebración de la audiencia incidental de liquidación de intereses. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link: https://cjf.webex.com/cjf/j.php?MTID=mf82807e325ab1a3648e6cdd0 d2789769 número de reunión: 2494 908 5197, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional)

  • 25 de Junio del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede de la que se advierte se encontraba fijada para las doce horas con treinta minutos del veintiuno de junio del año en curso, la audiencia incidental de liquidación de intereses, en el presente asunto. Sin embargo, no fue posible celebrarla en atención a la suspensión total de actividades por caso urgente con motivo del fenómeno hidrometeorológico Tormenta tropical "Alberto" y declaración de inhábil del jueves veinte y viernes veintiuno, ambos de junio de dos mil veinticuatro. En tal virtud, a fin de salvaguardar los derechos de las partes, se difiere la audiencia incidental de liquidación de intereses, fijada y se señalan las catorce horas con treinta minutos del doce de julio del presente año, para su celebración. Con fundamento en el artículo 103, fracción I, del Acuerdo General 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite del expediente electrónico y el uso de videoconferencia en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio consejo, se ordena la celebración de dicha audiencia a través de videoconferencia de la plataforma "Cisco Webex Meetings", único medio estimado por la suscrita, que permite garantizar la fidelidad e integridad de la información, conservación y reproducción de su contenido, pues -se insiste- dada la naturaleza del órgano a mi cargo (Juzgado de Distrito de competencia mixta), no contamos con la infraestructura de una sala de audiencias que permita su videograbación, ni espacio físico disponible para que las partes acudan presencialmente. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link: https://cjf.webex.com/cjf/j.php?MTID=m6df3bd4ea7e24197782baccd745 562b5, número de reunión: 24837557541, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional). Se informa a las partes el periodo vacacional de este Juzgado de Distrito

  • 18 de Junio del 2024

    Actor: Eduardo Enrique Smith Hots

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Toda vez que de la certificación secretarial se advierte que *****, en su carácter de apoderado de Financiera de Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural Forestal y Pesquero, actualmente Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y Christian Smith Castillo, son partes en el juicio oral mercantil ****, en ese sentido, dese cuenta en dicho asunto con copia del escrito registrado con folio *****, a fin de proveer lo que en derecho proceda

  • 29 de Mayo del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede de la que se advierte lo siguiente: A las doce horas con treinta minutos del día de hoy, se encontraba señalada la audiencia incidental de liquidación de intereses en el presente asunto. Sin embargo, se intentó acceder a la plataforma "Cisco Webex Meetings", para reunión programada y no fue posible la conexión, debido a fallas técnicas que presentó la red de internet con que se cuenta en este órgano jurisdiccional; motivo por el cual no se logró el desahogo de la citada audiencia, ni tampoco entablar comunicación con las partes que pudiesen haber estado conectadas. Por tanto, se señalan las doce horas con treinta minutos del veintiuno de junio del año en curso, para la celebración de la citada audiencia incidental, en la que se recibirán pruebas y alegatos formulados por las partes, que alude el numeral 1354 del Código de Comercio. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link: https://cjf.webex.com/wbxmjs/joinservice/sites/cjf/meeting/download/6651136663bd482c9617ab443a4eb10e?siteurl=cjf&MTID=m76121b40a68f6ebd2f47d43776398379, número de reunión: 2489 383 3972, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional)

  • 09 de Mayo del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede de la que se advierte que para las doce horas con treinta minutos del día de hoy, se encontraba señalada la audiencia incidental de liquidación de sentencia en el presente asunto. En ese sentido, toda vez que la fecha y hora coincide con la programada en diverso juicio oral mercantil de este Juzgado, con fundamento en el artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, se señalan las doce horas con treinta minutos del veintiocho de mayo del año en curso, para la celebración de la audiencia incidental de liquidación de intereses en la que se recibirán pruebas y alegatos, formulados por las partes, que alude el numeral 1354 del Código de Comercio. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link: https://cjf.webex.com/wbxmjs/joinservice/sites/cjf/meeting/download/f589792138d246d6a91a8c6c5af610eb?siteurl=cjf&MTID=m84bbf417c4b7f7c7535c0a4268d6e2e9, número de reunión: 2495 437 0453, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional)

  • 17 de Abril del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede de la que se advierte lo siguiente: A las doce horas con treinta minutos del día de hoy, se encontraba señalada la audiencia de juicio en el presente asunto. Sin embargo, se intentó acceder a la plataforma "Cisco Webex Meetings", para reunión programada y no fue posible la conexión, debido a fallas técnicas que presentó la red de internet con que se cuenta en este órgano jurisdiccional; motivo por el cual no se logró el desahogo de la citada audiencia, ni tampoco entablar comunicación con las partes que pudiesen haber estado conectadas. En ese sentido, con fundamento en el artículo 1390 Bis 37, se señalan las doce horas con treinta minutos del ocho de mayo del año en curso, para la celebración de la audiencia en la que se recibirán pruebas y alegatos, formulados por las partes que alude el numeral 1354 del Código de Comercio. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link: https://cjf.webex.com/wbxmjs/joinservice/sites/cjf/meeting/download/82a8b128263d4349913f3d56e4d4f5f0?siteurl=cjf&MTID=m0c78a347dc4b29cb10e04e13c1469ced, número de reunión: 2492 867 4638, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional)

  • 22 de Marzo del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede de la que se advierte lo siguiente: A las doce horas con treinta minutos del día de hoy, se encontraba señalada la audiencia incidental en el presente asunto. Sin embargo, se intentó acceder a la plataforma "Cisco Webex Meetings", para reunión programada y no fue posible la conexión, debido a fallas técnicas que presentó la red de internet con que se cuenta en este órgano jurisdiccional; motivo por el cual no se logró el desahogo de la citada audiencia, ni tampoco entablar comunicación con las partes que pudiesen haber estado conectadas. En ese sentido, se señalan las doce horas con treinta minutos del dieciséis de abril del año en curso, para la celebración de la audiencia en la que se recibirán pruebas y alegatos, formulados por las partes que alude el numeral 1354 del Código de Comercio. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link https://cjf.webex.com/cjf/j.php?MTID=m171afa9d702111096be902ce1b9b3ff7, número de reunión: 2499 696 7662, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 moneda nacional)

  • 28 de Febrero del 2024

    Actor: Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero

    Demandado: Eduardo Enrique Smith Hots

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, en particular de la certificación secretarial que antecede de la que se advierte lo siguiente: A las doce horas con treinta minutos del día de hoy, se encontraba señalada la audiencia incidental en el presente asunto. Sin embargo, se intentó acceder a la plataforma "Cisco Webex Meetings", para reunión programada y no fue posible la conexión, debido a fallas técnicas que presentó la red de internet con que se cuenta en este órgano jurisdiccional; motivo por el cual no se logró el desahogo de la citada audiencia, ni tampoco entablar comunicación con las partes que pudiesen haber estado conectadas. En ese sentido, se señalan las doce horas con treinta minutos del veinte de marzo del año en curso, para la celebración de la audiencia en la que se recibirán pruebas y alegatos, formulados por las partes que alude el numeral 1354 del Código de Comercio. En consecuencia, hágase del conocimiento a las partes, que para acceder a la videoconferencia deberán ingresar a la sala virtual de este órgano jurisdiccional, que se encuentra a su disposición en el link https://cjf.webex.com/cjf/j.php?MTID=me1818d383fe6858808755753f5fd30d3, número de reunión: 24953910526, al menos quince minutos antes de la fecha y hora señalada, para permitir a los intervinientes prepararse para su desahogo. Se apercibe a las partes que de no conectarse, o en su caso, no informar la imposibilidad legal o material que tengan para ello, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1067 Bis facción II, del Código de Comercio, se harán acreedores individualmente a multa de hasta $9,797.28, (nueve mil setecientos noventa y siete pesos 28/00 moneda nacional)

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