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Fletes Internacionales Balo Sociedad Anónima De Capital Variable Exp: 2556/2023

Federal > Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima De Capital Variable. .
Demandado: Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal De Tamaulipas "4" .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 2556/2023 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima De Capital Variable. en contra de Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal De Tamaulipas "4" en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 27 de Diciembre del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 2556/2023

  • 09 de Abril del 2024

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Reynosa, Tamaulipas, ocho de abril de dos mil veinticuatro. Vista la certificación secretarial que antecede, se advierte que ha transcurrido el término de diez días que refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que el auto de veinte de febrero del presente año, que sobreseyó fuera de audiencia el presente juicio de amparo, haya sido recurrida por la parte quejosa, que es a quien le pudo causar agravio, y no obstante ello, no la recurrió; por tanto, se declara que dicha resolución HA CAUSADO ESTADO, para todos los efectos legales correspondientes. En consecuencia, archívese el juicio de amparo en que se actúa, como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

  • 21 de Febrero del 2024

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Reynosa, Tamaulipas, a veinte de febrero de dos mil veinticuatro. Vista la comparecencia que antecede de Mario Ricardo Barrios López, representante legal de la empresa quejosa Fletes Internacional Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable, a través de la cual ocurre a desistir de este juicio; por tanto, tomando en consideración la voluntad de la parte quejosa para dar por concluido el juicio de amparo como quedó acreditada al expresarlo ante una funcionaria investida de fe pública, con fundamento en el artículo 63, fracción I, de la Ley de Amparo, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO FUERA DE AUDIENCIA EN EL PRESENTE JUICIO. En mérito a lo anterior, se deja sin efectos la fecha señalada para la celebración de la audiencia constitucional fijada en autos para esta propia fecha. Notifíquese personalmente.

  • 16 de Febrero del 2024

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Reynosa, Tamaulipas, a quince de febrero de dos mil veinticuatro. Visto el estado de autos, se advierte que no es posible celebrar la audiencia constitucional señalada para esta fecha, en virtud de que del proveído de catorce del mes y año en curso, a través del cual se le requiere y se le otorga el plazo de tres días computado legalmente, para que ratifique el escrito de desistimiento que presentó en los presentes autos, lo que constituye un obstáculo para la celebración de la audiencia constitucional. Por tanto, para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para esta fecha y se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL DIECINUEVE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para que tenga verificativo. Notifíquese.

  • 15 de Febrero del 2024

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Reynosa, Tamaulipas, a catorce de febrero de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito firmado por el representante legal de la parte quejosa, a través del cual ocurre a desistirse del presente juicio; por tanto, este juzgador debe cerciorarse de la identidad de quien desiste y saber si preserva su propósito de dar por concluido el presente procedimiento. Por lo que para dar seguridad jurídica al proveído que recaiga a dicha promoción, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26, fracción I, inciso d), y 63, fracción I, de la Ley de Amparo, requiérase al promovente a efecto de que comparezca ante este juzgado de Distrito, con identificación oficial vigente, a fin de que reconozca o no la firma que calza el ocurso de cuenta, y en su caso, ratifique el contenido del mismo; o bien, ratifique dicho escrito ante un funcionario público con fe pública, y exhiba las constancias respectivas. Notifíquese personalmente.

  • 12 de Febrero del 2024

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Reynosa, Tamaulipas, a nueve de febrero de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, téngase rindiendo su informe justificado al Administrador Desconcentrado Jurídico de Tamaulipas "4", de la Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en representación de la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" Unidad Administrativa del Servicio de Administración Tributaria, con sede en esta ciudad, a través de su Presidente; con el mismo dése vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés convenga, sin perjuicio de su relación en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 119 de la Ley de Amparo, se tiene por ofrecida la prueba documental que acompaña al informe justificado la autoridad responsable, la cual será tomada en consideración al resolver el presente asunto. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de la ley de la materia, se tiene como delegados de dicha autoridad a las personas que indica y como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala; asimismo, se toma nota del correo electrónico que proporciona la autoridad responsable en su informe de cuenta, para los efectos legales conducentes. Notifíquese....

  • 18 de Enero del 2024

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito signado por ******************** quien se ostenta como quien se ostenta como representante legal de la quejosa ********************, personalidad que se le reconoce en términos de la copia certificada del instrumento notarial que para tal efecto anexa, de conformidad con el artículo 10 de la Ley de Amparo; asimismo, téngase al promovente desahogando la prevención formulada en proveído de veintiséis de diciembre del año en curso.****************************************En mérito de lo anterior, con fundamento en los artículos 103, fracción I, y 107, fracciones I, VII y XV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los diversos numerales 1°, 33, fracción IV, 35, 37, 107, fracción V, 108, 112 y 115 de la Ley de Amparo, se admite a trámite la demanda promovida por ********************, por conducto de su apoderado legal ********************, contra actos de la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4", con sede en esta ciudad; sin tramitar incidente de suspensión en virtud de no haber sido solicitado.

  • 27 de Diciembre del 2023

    Actor: Fletes Internacionales Balo, Sociedad Anónima de Capital Variable. .

    Demandado: Administración desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4" .

    Reynosa, Tamaulipas, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. REGISTRO Vista la demanda de amparo promovida por Mario Ricardo Barrios López, quien se ostenta como representante legal de la quejosa ***, contra actos de la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "4", con sede en esta ciudad; fórmese expediente y anótese su ingreso en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, con el número 2556/2023, por ser el ordinal progresivo que le corresponde. PREVENCIÓN. Ahora, a efecto de proveer sobre la admisión de la demanda de amparo en estudio, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 114, fracción III, en relación con el numeral 108, fracción I, de la Ley de Amparo, requiérase al promovente para que dentro del plazo de cinco días, contado a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de este proveído, aclare su demanda de amparo en los siguientes términos: Exhiba documento idóneo con el que acredite la personalidad que ostenta, tomando en consideración que aduce es representante legal de la directa quejosa; sin embargo, la constancia que exhibió para tal efecto no se encuentra certificada como lo aduce en su demanda de amparo, pues aún y cuando obran sellos y firmas a color, se observa que el documento es copia simple; de ahí el presente requerimiento, en la inteligencia que deberá acompañar copias suficientes para correr traslado a la totalidad de las partes. [.] Notifíquese personalmente. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, asistido de la Secretaria de Juzgado Diana Karen López Castillo, que autoriza y da fe.

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