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Francisco Javier Ponce Y Márquez | Junta Especial Número 6 De Exp: 352/2015

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Francisco Javier Ponce Y Márquez
Demandado: Junta Especial Número 6 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 352/2015 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Francisco Javier Ponce Y Márquez en contra de Junta Especial Número 6 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 09 de Junio del 2015 y cuenta con 14 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 352/2015

  • 15 de Enero del 2016

    Puebla, Puebla, catorce de enero de dos mil dieciséis. Archívese este asunto como totalmente concluido. Tomando en consideración que el mismo no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de depuración en su momento oportuno.

  • 02 de Diciembre del 2015

    ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria de amparo dictada por este tribunal en sesión de catorce de agosto de dos mil quince.

  • 01 de Diciembre del 2015

    ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria de amparo dictada por este tribunal en sesión de catorce de agosto de dos mil quince.

  • 06 de Noviembre del 2015

    Puebla, Puebla, cinco de noviembre de dos mil quince. Túrnense los autos a la Magistrada Emma Herlinda Villagómez Ordoñez, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente.

  • 19 de Octubre del 2015

    Puebla, Puebla, trece de octubre de dos mil quince.Téngase por recibido el oficio de la Presidenta de la junta responsable, por el que en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de garantías, remite copia certificada del laudo de dos de octubre del año en curso; dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 14 de Octubre del 2015

    Puebla, Puebla, trece de octubre de dos mil quince.Téngase por recibido el oficio de la Presidenta de la junta responsable, por el que en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de garantías, remite copia certificada del laudo de dos de octubre del año en curso; dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 29 de Septiembre del 2015

    Puebla, Puebla, veintiocho de septiembre de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio signado por la Presidenta de la junta responsable mediante el cual, en cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal Colegiado, remite copia certificada del proveído de veinticuatro de los corrientes, del que se advierte que, en virtud de que las partes no formularon alegatos dentro del juicio laboral de origen, en el término otorgado para ello, les tuvo por perdido su derecho a formularlos, declaró cerrada la instrucción y turnó los autos para emisión del laudo correspondiente; requiérasele a la autoridad oficiante para que una vez que emita la resolución solicitada, remita constancia que así lo acredite.

  • 23 de Septiembre del 2015

    Puebla, Puebla, veintidós de septiembre de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio de la Presidenta de la junta responsable, por medio del cual, remite copia certificada de la diligencia de dieciocho de los corrientes, de la que se advierte que se desahogó la prueba pericial a cargo de José Raúl Rafael Lara Taboada, en la que exhibió y ratificó su dictamen profesional; por lo que la junta responsable, al considerar que han sido desahogadas las pruebas de las partes en el juicio laboral de origen, les concedió el término de tres días, para formular sus alegatos; requiérase a la junta oficiante, para que una vez que se encuentre el juicio en estado de resolución lo informe a este Tribunal y lo acredite con la constancia correspondiente.

  • 09 de Septiembre del 2015

    Puebla, Puebla, ocho de septiembre de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio A.- 3894/15, signado por la Encargada de la Presidencia de la Junta Especial Número Seis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, por medio del cual, en cumplimiento a lo ordenado por este órgano colegiado, remite copia certificada de las constancias de notificación a las partes del proveído de veintiséis de agosto del año en curso, a través del cual señaló fecha para el desahogo de la prueba pericial ordenada en autos, ordenándose agregar para que surtan los efectos legales a que haya lugar. En tales condiciones, estese en espera de que la autoridad responsable, en cumplimiento al requerimiento contenido en auto de dos de septiembre de dos mil quince, informe del resultado de la audiencia señalada en el párrafo que antecede y de las gestiones que realice a fin de cumplir con la ejecutoria dictada en el presente asunto.

  • 03 de Septiembre del 2015

    Puebla, Puebla, dos de septiembre de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio de la Encargada

antecedentes
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