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G Y R Mas Autos Sociedad Anónima De Capital Variable . | Exp: 424/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: G Y R Mas Autos, Sociedad Anónima De Capital Variable .
Demandado: Juzgado Septuagésimo Segundo Civil De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 424/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por G Y R Mas Autos, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juzgado Septuagésimo Segundo Civil De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2020 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 424/2020

  • 25 de Noviembre del 2020

    Agréguese el primer oficio de cuenta por el que el Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, solicita le sean enviadas las constancias que integran el presente expediente, a fin de proveer lo que conforme a derecho proceda en relación a la demanda de garantías. Dígasele que en fecha once de noviembre de dos mil veinte, dichas constancias fueron entregadas a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, mediante oficio ***/2020. Por otra parte, glósese a los presentes autos el segundo oficio de cuenta, por medio del cual la autoridad oficiante acusa recibo de las constancias que le fueron remitidas. En consecuencia, archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.

  • 22 de Octubre del 2020

    Se tiene por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual se rinde informe justificado para el presente asunto y al que se anexa la demanda de amparo formulada por ***, quien se ostenta como apoderado de ***. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Este Tribunal Colegiado carece de competencia legal para conocer en única instancia del presente asunto, por lo que se ordena remitir la demanda de amparo y sus anexos, al Juzgado de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México en turno, por conducto de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgado de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, para que se avoque al conocimiento, solicitando el acuse de recibo correspondiente. Déjese expedientillo de antecedentes en el Tribunal. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.

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