Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Gabriel De La Cruz Cruz . | Junta Especial Número Quince De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Demandado: Junta Especial Número Quince De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3571/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Gabriel De La Cruz Cruz en contra de Junta Especial Número Quince De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 17 de Noviembre del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: Gabriel de La Cruz Cruz .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se estima que conforme a los lineamientos y efectos de la concesión de amparo el cumplimiento ha quedado sin materia. archívese el expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Gabriel de La Cruz Cruz .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE a la Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y su Presidente, para que dentro del plazo legal de CINCO DÍAS, contado a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, informen a este Juzgado el cumplimiento que hayan dado a la sentencia de mérito. Se apercibe NOTIFÍQUESE.
Actor: Gabriel de La Cruz Cruz .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Gabriel de La Cruz Cruz .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; y, en su apoyo acompaña copia certificada de diversa constancia vinculada con el trámite del juicio de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: Gabriel de La Cruz Cruz .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Vista la certificación, y dada la imposibilidad que manifiesta la fedataria adscrita a este juzgado Federal para notificar con efectos de emplazamiento a los terceros interesados referidos en la cuenta; en esas condiciones, provéase lo conducente, en su caso, en la audiencia constitucional que se celebre. Notifíquese.
Actor: Gabriel de La Cruz Cruz .
Demandado: Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las once horas con tres minutos del trece de diciembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los señalados por la parte quejosa. En relación con los terceros interesados que indica, se les reconoce tal carácter, en términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que los emplace en los domicilios que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese.
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