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Gabriela Castelán Nasta | Juzgado Segundo De Distrito En Materia Exp: 9/2018

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito de Sexto Circuito
Actor: Gabriela Castelán Nasta
Demandado: Juzgado Segundo De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Puebla
Materia: Civil
Tipo: Queja

RESUMEN: El Expediente 9/2018 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por Gabriela Castelán Nasta en contra de Juzgado Segundo De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 05 de Enero del 2018 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 9/2018

  • 23 de Febrero del 2018

    Agréguese a sus autos el oficio 7080/2018 del Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, por el que acusa recibo del oficio II-202/2018 (foja 88), para que surta los efectos legales procedentes. Por otro lado, como está ordenado en la ejecutoria pronunciada en el toca en que se actúa, archívese el mismo como totalmente concluido, sin que haya lugar a notificar personalmente a las partes el presente auto, ya que en este asunto no obra documento original alguno que deba devolvérseles... Atento a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo vigésimo primero, fracción I, del referido Acuerdo General Conjunto, y en virtud de que este asunto no es de relevancia documental, ya que confirmó el auto recurrido y desechó de plano la demanda interpuesta, se determina que el mismo es susceptible de destrucción. ...

  • 15 de Febrero del 2018

    Confirma y desecha la demanda de amparo.

  • 18 de Enero del 2018

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, y atento a lo indicado en el sorteo realizado en esta fecha, con fundamento en el artículo 41 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Presidencia acuerda: para el cumplimiento a lo establecido en el artículo 101, último párrafo, de la Ley de Amparo, túrnese este expediente a la Magistrada Ma. Elisa Tejada Hernández, en la inteligencia que este acuerdo surte los efectos de citación para sentencia a las partes. ...

  • 12 de Enero del 2018

    Agréguese a sus autos el oficio 722/2018 de la Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, a través del cual, en el término que se le concedió en auto de cuatro del mes en curso dictado en el expediente en que se actúa (fojas 43 y 44), remite copia certificada del auto que tuvo por interpuesto el presente recurso de queja y de la constancia de su notificación por lista realizada a la parte quejosa ***, para que surtan los efectos legales procedentes. ADMISIÓN En consecuencia, al estar debidamente integrado el presente asunto, con apoyo en los artículos 2o., 80, 97 fracción I, inciso a), 98 y 99 de la Ley de Amparo y 37, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, SE ADMITE a trámite el recurso de queja interpuesto por *** por su propio derecho, contra el acuerdo de quince de diciembre de dos mil diecisiete emitido en el expediente **/2017 (fojas de la 21 a la 24 de la copia certificada) que desechó la demanda de amparo MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN En términos del artículo 5°, fracción IV, de la Ley de Amparo, dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este tribunal la intervención que el numeral de mérito le confiere. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES. Se ordena notificar esta determinación por lista a la Agente del Ministerio Público Federal de la adscripción y a la parte quejosa, así como por oficio con transcripción del presente auto a la Juez Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla. ...

  • 05 de Enero del 2018

    Téngase por recibido el oficio 54870/2017 signado por la Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, encargada del Despacho por vacaciones de la titular, por el que remite el escrito de agravios de la quejosa *** por su propio derecho, por el que interpone recurso de queja en contra del acuerdo de quince de diciembre de dos mil diecisiete emitido en el expediente 2478/2017 (fojas de la 21 a la 24) que desechó la demanda de amparo. INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTE Considerando que el recurso de queja se presentó oportunamente conforme a la certificación de cuenta, se ordena registrarlo con el número 9/2018 en el libro de gobierno, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, integrar su expediente y digitalizar las actuaciones hasta conclusión. REQUERIMIENTO Con fundamento en los artículos 101 de la Ley de Amparo, así como en el 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, requiérase al Titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, para que en el término de tres días remita copia certificada del acuerdo que tuvo por interpuesto el recurso de queja y de su notificación a la parte quejosa, ya que dicha constancia resulta necesaria para el trámite del presente asunto. DOMICILIO PARA OÍR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADOS DE LA PARTE RECURRENTE Con fundamento en el artículo 27 de la ley de la materia, se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala en su escrito de agravios. En términos de lo señalado por el artículo 12 de la ley en comento, se tiene como autorizados para recibir notificaciones e imponerse de los autos, por así solicitarlo, a *** con las facultades amplias que se mencionan en el referido precepto legal, en virtud de que su cédula profesional cuyo número se proporciona en el libelo de cuenta se encuentra registrada en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito y en términos restringidos del aludido numeral a ***, ya que no se acredita que se encuentra legalmente autorizado para ejercer la profesión de licenciado en derecho o abogado y tampoco se proporciona el dato correspondiente al número de su cédula profesional a fin de que esta Presidencia esté en condiciones de realizar la consulta respectiva en el referido sistema, así como a los pasantes de derecho ... NOTIFICACIÓN A LA AUTORIDAD Se ordena notificar a la Juez Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, por medio de oficio con transcripción de este auto para su conocimiento y acúsese recibo correspondiente. ...

antecedentes
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