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Gabriela Marquez Ruiz | Junta Especial Numero Uno De La Local Exp: 1358/2022

Federal > Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Gabriela Marquez Ruiz | Gabriela Marquez Ruiz Y Otros
Demandado: Junta Especial Numero Uno De La Local De Conciliacion Y Arbitraje En Tampico, Tam
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1358/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Gabriela Marquez Ruiz en contra de Junta Especial Numero Uno De La Local De Conciliacion Y Arbitraje En Tampico, Tam en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 03 de Noviembre del 2022 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1358/2022

  • 14 de Julio del 2023

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    SE TIENE POR CUMPLIDA la sentencia dictada. Por lo tanto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Amparo, archívese este asunto como concluido

  • 01 de Junio del 2023

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Tampico, Tamaulipas treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. Vista la cuenta que antecede, agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, por medio del cual aduce dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo; por tanto, a efecto de estar en posibilidad de acordar lo conducente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes por el término de TRES DÍAS con los presentes autos para que manifiesten lo que a su interés legal convenga, apercibidas que, en caso de no realizar manifestación alguna, este Juzgado de Distrito resolverá sobre el cumplimiento del fallo protector, con base en los documentos que obren en el expediente y los datos aportados por la autoridad responsable

  • 16 de Mayo del 2023

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Del estado procesal que guardan los autos, se advierte que hasta la fecha no obra constancia alguna en el presente sumario, con la que se acredite que la autoridad responsable Junta Especial Número Uno de la Local Conciliación y Arbitraje con sede en Tampico, Tamaulipas, haya dado cumplimiento con la sentencia de amparo. Lo anterior, a fin de tener por cumplida en su totalidad el fallo dictado; consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 192 y 258 de la Ley de Amparo, requiérasele nuevamente a la autoridad mencionada para que en el término de TRES DÍAS, legalmente computado, justifique haber dado cumplimiento al fallo protector, o bien el impedimento legal que tenga para hacerlo; apercibida que de no cumplir, se le impondrá una multa de cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a que alude el decreto por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de diciembre de dos mil dieciséis. Ahora, en caso de que aún impuesta la multa el cumplimiento no se acredite, ello dará lugar a continuar con el procedimiento de inejecución, remitiendo los autos al Tribunal Colegiado en Materias Penal y del Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con residencia en esta ciudad, previa formación del cuaderno de antecedentes correspondiente, para la sustentación del procedimiento de inejecución de sentencia que, eventualmente podría conducir a la separación del titular de la autoridad responsable y a su consignación ante el juez penal. De ahí la importancia de que proceda en el término impuesto a cumplir con la ejecutoria de amparo, sin realizar actos evasivos o procedimientos innecesarios que retrasen su acatamiento

  • 09 de Marzo del 2023

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Agréguese a los autos el oficio y anexo que remite la autoridad responsable, por el cual cumple con el requerimiento efectuado en autos y aduce dar cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio; por tanto, a efecto de estar en posibilidad de acordar lo conducente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a las partes por el término de TRES DÍAS con los presentes autos para que manifiesten lo que a sus intereses legales convenga

  • 22 de Febrero del 2023

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    De la certificación secretarial de cuenta, se advierte que las partes no interpusieron recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en este juicio, dentro del término legalmente establecido; en consecuencia, con fundamento en los artículos 356, fracción II y 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que HA CAUSADO EJECUTORIA para los efectos legales procedentes; hágase la anotación de rigor en el Libro de Gobierno correspondiente. Por tanto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, requiérase a la Junta Especial Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta localidad, para que en el término de TRES DÍAS, legalmente computados, proceda a dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo; apercibida que de no cumplir, se dará trámite al procedimiento establecido en los párrafos segundo y tercero del primero de los artículos mencionados

  • 19 de Enero del 2023

    Actor: GABRIELA MARQUEZ RUIZ y Otros

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Sentencia: primero.- la justicia de la unión ampara y protege a la parte quejosa en el juicio de amparo. Segundo.- como está ordenado entréguese copia autorizada de este fallo a la parte que lo solicite. Tercero.- cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución

  • 13 de Diciembre del 2022

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Amparo, agréguese a sus autos el oficio que remite la autoridad responsable, por medio del cual rinde su informe justificado, con el cual, dese vista a las partes, y nueva cuenta al momento de celebrar la audiencia constitucional

  • 06 de Diciembre del 2022

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Por lo expuesto en el presente auto, no se está en condiciones de celebrar la audiencia programada para el día de hoy, la que se difiere para que tenga verificativo a las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y OCHO MINUTOS DEL DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS

  • 03 de Noviembre del 2022

    Actor: Gabriela Marquez Ruiz

    Demandado: Junta Especial Numero Uno de la Local de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam

    Se admite la demanda de amparo; se señalan las diez horas del cinco de diciembre de dos mil veintidós, para la celebracion de la audiencia constitucional. No ha lugar a la apertura del incidente de suspension. Se reserva proveer respecto del tercero interesado. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se hace del conocimiento de las partes que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Conforme con lo establecido en los artículos 3° y décimo primero transitorio de la ley de amparo, procédase en su momento a la digitalización del expediente electrónico

antecedentes
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