Federal
> Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba
Demandado: Juzgado Séptimo De Distrito En Materias Administrativa Y De Trabajo En El Estado De Jalisco | Pleno Del Consejo De La Judicatura Del Estado De Jalisco
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 639/2016 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba en contra de Juzgado Séptimo De Distrito En Materias Administrativa Y De Trabajo En El Estado De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 26 de Septiembre del 2016 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Zapopan, Jalisco, a VEINTIOCHO de octubre de dos mil dieciséis.Se tiene por recibido el oficio número 70382/2016, suscrito por el Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, en el que transcribe proveído de veintiséis de este mes de octubre, por el que su titular acusa recibo del oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió el testimonio de la resolución emitida en este asunto y los autos respectivos.Por tanto, ARCHÍVESE este asunto, y dado que encuadra en el supuesto de la fracción I, aplicado por analogía, del artículo vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto número 2/2009, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, porque se declaró SIN MATERIA el recurso de revisión; en consecuencia, procede la DESTRUCCIÓN material del expediente, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental.Notifíquese.Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos quien autoriza y da fe
Zapopan, Jalisco, a VEINTIOCHO de octubre de dos mil dieciséis.Se tiene por recibido el oficio número 70382/2016, suscrito por el Secretario del Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, en el que transcribe proveído de veintiséis de este mes de octubre, por el que su titular acusa recibo del oficio girado por este tribunal federal, por el que se remitió el testimonio de la resolución emitida en este asunto y los autos respectivos.Por tanto, ARCHÍVESE este asunto, y dado que encuadra en el supuesto de la fracción I, aplicado por analogía, del artículo vigésimo primero del Acuerdo General Conjunto número 2/2009, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, porque se declaró SIN MATERIA el recurso de revisión; en consecuencia, procede la DESTRUCCIÓN material del expediente, una vez que transcurran más de cinco años como lo establece el citado acuerdo. Además de que en este asunto no se exhibieron documentos originales ni se considera de relevancia documental.Notifíquese.Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos quien autoriza y da fe
Por lo expuesto y fundado, se resuelve: Único.- Se declara sin materia el recurso de revisión
Actor: Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba
Demandado: Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Por lo expuesto y fundado, se resuelve: Único.- Se declara sin materia el recurso de revisión
Por lo expuesto y fundado se resuelve: Único. Se declara sin materia el recurso de revisión
Actor: Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba
Demandado: Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Por lo expuesto y fundado se resuelve: Único. Se declara sin materia el recurso de revisión
Vista la anterior constancia, se provee: de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado José Manuel Mojica Hernández
Actor: Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba
Demandado: Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Vista la anterior constancia, se provee: de conformidad con el artículo 183 de la Ley de Amparo, se turnan estos autos para que formule el proyecto de resolución al magistrado José Manuel Mojica Hernández
Se tiene por recibido el oficio suscrito por el secretario del juzgado séptimo de distrito en materias administrativa y de trabajo en el estado de jalisco, por el que informa que ". Causó estado el sobreseimiento fuera de audiencia dictado en el mismo, ordenando su archivo.". Téngase al citado juez informando lo anterior y considérese al momento de resolver lo que en derecho corresponda
Actor: Gabriela Saraí Villalobos Ruvalcaba
Demandado: Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco
Se tiene por recibido el oficio suscrito por el secretario del juzgado séptimo de distrito en materias administrativa y de trabajo en el estado de jalisco, por el que informa que ". Causó estado el sobreseimiento fuera de audiencia dictado en el mismo, ordenando su archivo.". Téngase al citado juez informando lo anterior y considérese al momento de resolver lo que en derecho corresponda
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