Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa De Gobierno De La Ciudad De México
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1152/2022 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Gerardo Herrera Bernal en contra de Jefa De Gobierno De La Ciudad De México en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 08 de Julio del 2022 y cuenta con 15 Notificaciones.
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Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Estado de autos. Vista la certificación de cuenta y el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo de quince días previsto en el artículo 202 de la Ley de Amparo, para inconformarse contra el auto de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, que tuvo por cumplido el fallo protector. Por tanto, con fundamento en los artículos 355 y 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, por analogía, se declara que dicho auto ha causado estado, para los efectos legales procedentes. Comuníquese a las autoridades tal circunstancia, háganse las anotaciones que correspondan en el Libro de Gobierno y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes; asimismo, de conformidad con los artículos 196, penúltimo párrafo y 214, de la Ley de Amparo, remítase el expediente de que se trata al archivo como asunto total y definitivamente concluido. ...Notifíquese
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Estado de autos. Visto el estado de autos, se procede a resolver sobre el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, con base en los elementos que obran en el expediente, los datos aportados por la autoridad responsable, a fin de determinar si la misma se encuentra cumplida. Sentencia. El siete de febrero de dos mil veintitrés, este Juzgado de distrito, dictó sentencia definitiva en la que se resolvió lo siguiente: ... Conclusión. Por lo expuesto, en términos del artículo 196, párrafos segundo y tercero, de la Ley de Amparo, es procedente declarar que la ejecutoria de amparo en el presente asunto se tiene por cumplida; comuníquese a las partes la presente determinación; háganse las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Notifíquese vía electrónica
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Informa cumplimiento. Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por la Apoderada General para la Defensa Jurídica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, por medio del cual informa que dio cumplimiento a la sentencia de amparo, asimismo remite las constancias con las que acredita su dicho. Vista. Atento a lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista a la parte quejosa para que dentro del plazo de TRES DÍAS, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, manifieste lo que a su interés legal convenga. ... Notifíquese personalmente
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Conforme a la certificación de cuenta se advierte que transcurrió el plazo para recurrir la sentencia de siete de febrero de dos mil veintitrés, sin que las partes lo hayan realizado, por lo que con fundamento en los artículos 355, 356, fracción II y 357 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, de conformidad con su numeral 2°, se declara que dicha sentencia que SOBRESEE Y AMPARA Y PROTEGE, HA CAUSADO EJECUTORIA; glósese el cuaderno original del incidente de suspensión en el estado en que se encuentra. En ese contexto, se destaca que el amparo fue concedido para el efecto de que las autoridades responsables dependientes de la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, realicen lo siguiente: .. En consecuencia, con fundamento en los artículos 192, párrafo segundo y 193, de la Ley de Amparo, se requiere al Subsecretario de Control de Tránsito de la Ciudad de México, autoridad directamente obligada a dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo, para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS, contado a partir del día siguiente al en que sea notificada del presente proveído, remita las constancias con las que acredite haber cumplido con el fallo protector. También se requiere en términos de los artículos 192, párrafo tercero, y 194 de la Ley de Amparo, al Secretario de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, en su calidad de superior jerárquico de la autoridad referida, para que en igual término, acredite que ordenó a la autoridad directamente obligada a dar cumplimiento de la ejecutoria de mérito. . Notifíquese
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Por lo expuesto y fundado se R E S U E L V E: PRIMERO. Se SOBRESEE el juicio de amparo promovido por ********************, en términos de los considerandos cuarto y sexto del presente fallo. SEGUNDO. La Justicia de la Unión AMPARA y PROTEGE a ********************, en términos y para los efectos precisados en el considerando octavo de esta sentencia. Notifíquese personalmente a la parte quejosa, y a las demás partes conforme a derecho proceda
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
1. Radicación. Agréguese a los autos el oficio proveniente del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, a través del cual remite los cuadernos incidentales correspondientes al juicio de amparo 841/2022... Avocación. Este juzgado se avoca al conocimiento del asunto, por tanto, fórmese expediente físico y electrónico, háganse las anotaciones correspondientes en el libro de Gobierno y regístrese bajo el número 1152/202. 3. Convalida constancias. En esas circunstancias, por lo que hace a las actuaciones practicadas... Promociones reservadas. Por otra parte, cabe precisar que mediante proveídos de veintiuno de julio y ocho de agosto, ambos de dos mil veintidós, se reservó acordar lo conducente respecto de las promociones registradas bajo los folios 18724 y 20081, del índice de este Juzgado; sin embargo el Juzgado oficiante acordó dichas promociones mediante proveídos dictados el veintiuno de julio y diecisiete de agosto del año en curso, por lo que no ha lugar a realizar mayor pronunciamiento al respecto, puesto que han quedado convalidadas sus actuaciones en párrafos que anteceden. Informe justificado. Mediante proveído de veintidós de septiembre de dos mil veintidós, el Juzgado oficiante, únicamente ordenó agregar a los autos el oficio de los elementos de la Policía Erika Pascual Herrera y José Antonio Cañas García, con números de placas 1131897 y 893136, respectivamente, adscritos a la Secretaria de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, por medio del cual rindieron informe justificado respecto de la ampliación de demanda promovida en el juicio 841/2022 de su índice, sin tenerlo por rendido ni dar vista con él a las partes. Vista. Por tanto, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, se tiene por rendido el informe de mérito; con su contenido dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés y derecho legal convenga. . Pruebas. Con sustento en el precepto 119 de la Ley de Amparo, se tienen como prueba de su parte las que anexa, mismas que se desahogan por su propia y especial naturaleza jurídica, sin perjuicio de hacer relación de ella en la audiencia constitucional. Audiencia Constitucional. Se fijan las NUEVE HORAS CON CUARENTA Y SEIS MINUTOS DEL NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. ...Notifíquese personalmente al quejoso
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Estado de autos. Visto el estado procesal de autos se advierte que mediante proveído de veintidós de septiembre de dos mil veintidós se solicitó al Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, tuviera a bien remitir los cuadernos incidentales del juicio de amparo 841/2022 de su índice, sin que hasta el momento se tenga respuesta al respecto. En consecuencia, solicítese de nueva cuenta al Juzgado referido, que de no tener inconveniente legal alguno, remita los cuadernos incidentales referidos, lo anterior para acordar lo que en derecho corresponda. Notifíquese
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México
Acuse. Téngase por recibido el oficio 41853/2022 del índice del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, emitido en el juicio de amparo 841/2022, de su índice, por medio del cual, en atención a la consulta que realizó a la Secretaria Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en la que determinó que corresponde a este órgano jurisdiccional conocer de la demanda de amparo promovida por Gerardo Herrera Bernal, por propio derecho, contra actos de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y otras autoridades, remite los autos originales del cuaderno principal del expediente referido. Acúsese recibo al Juzgado oficiante. Se solicitan cuadernos incidentales. Ahora bien, previo a proveer lo que en derecho corresponda, este Juzgado de Distrito estima pertinente solicitar al Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, que de no tener inconveniente legal alguno, remita los cuadernos incidentales correspondientes, pues no obstante ordenó su envío en el proveído inserto en el oficio de cuenta, no los adjuntó. Notifíquese
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Escrito electrónico. Por recibido el oficio de cuenta presentado en archivo electrónico.. Informe consulta Agréguese a los autos el oficio signado por Secretaria Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, mediante el cual informa el resultado de la consulta de turno realizada por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México respecto del expediente 842/2021 de su índice en el cual declinó competencia a este Juzgado por conocimiento previo; al respecto, hace del conocimiento que corresponde a este órgano jurisdiccional conocer de dicho asunto por las razones que expone. En esas condiciones, una vez que el Juzgado referido remita el expediente de que se trata se acordará lo que en derecho corresponda. Notifíquese
Actor: Gerardo Herrera Bernal
Demandado: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y Otros
Homólogo federal realiza consulta. Agréguese a los autos el oficio electrónico 36898/2022 del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, que contiene inserto el proveído de diez de agosto de dos mil veintidós, emitido en el juicio de amparo 1152/2022 de su índice; en el que informa que mediante acuerdo de veintiocho de julio pasado ordenó remitir los autos del expediente 841/2022 de su índice a la Secretaria Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, con el objeto de formular consulta en la que se determine qué órgano jurisdiccional debe conocer del presente asunto. De lo anterior, se toma conocimiento para los efectos legales conducentes. Notifíquese
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